
Con la falsificación del término Constitución, las dictaduras del socialismo del siglo 21 de Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua imponen “leyes infames fundamentales” con las que institucionalizan sus regímenes. Son normas nulas de pleno derecho, cuyo contenido antijurídico se impone con constituyentes o reformas con mayorías ficticias, con fraude y violencia, y son prueba de la violación de derechos humanos y de terrorismo de Estado.
La ley es “el precepto dictado por autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados”. Para que una ley sea tal debe ser legítima, justa y válida. Cuando se aprueba una disposición que no es justa y que no está destinada al bien de los ciudadanos, es infamia, y el ciudadano tiene el derecho de demandarla con los mecanismos del “Estado de derecho”.
Dictadura es “el régimen político, que por la fuerza o la violencia, concentra todo el poder en una persona o en grupo u organización y reprime los derechos humanos y las libertades individuales”. Las dictaduras norman el sistema criminal que organizan, y en este contexto “ley infame es la norma que elaborada y establecida siguiendo el procedimiento formal para su creación, que viola en su objeto y contenido los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
Las “leyes infames fundamentales” que las dictaduras llaman sus constituciones son simplemente un conjunto de leyes infames en las que fundan la institucionalización de su organización criminal con narrativa de revolución, populismo, antiimperialismo, socialismo o todo junto. Pero, son la prueba infraganti y documentada de los crímenes de los dictadores y su grupo de delincuencia organizada trasnacional.
La más reciente operación del crimen organizado se ha dado en Nicaragua con rótulo de “reformas constitucionales” ejecutadas por el dictador Daniel Ortega que en previsión a su muerte, por evidentes presiones de su cónyuge ya co-dictadora Rosario Murillo, ha impuesto cambios destinados a convertir su dictadura castrochavista en un despotismo familiar. Fueron 91 títeres que ostentan el título de diputados que sin discusión ni trámite impusieron el control total del Estado a una “diarquía”.
Aprobaron que “la presidencia de la república dirige el gobierno y como Jefatura de Estado coordina los órganos legislativo, judicial, electoral, de control y fiscalización, regionales municipales…”. Es solo la copia de Cuba, de la Venezuela bolivariana, de la Bolivia plurinacional y de la proclama de Rafael Correa en Ecuador.
Además, imponen que a la muerte de uno de los dictadores (Daniel Ortega) su codictador asuma la dictadura plena. Los codictadores pueden designar vice presidentes como en Venezuela. Han institucionalizado el crimen de la “apatridia como mecanismo de represión” disponiendo que “los traidores a la Patria pierden la nacionalidad nicaragüense”. Han puesto la bandera del Frente Sandinista como símbolo patrio, nada nuevo, pues, es solo la repetición de la imposición de la wipala en la dictadura plurinacional de Bolivia, o el caballo que va a la izquierda en el escudo de la dictadura de Venezuela.
Uniformando la narrativa de las dictaduras de Cuba, Venezuela y Bolivia han impuesto como “nuevos héroes” a Fidel Castro, el Che Guevara, Hugo Chávez y más. Como de crimen organizado se trata, han constitucionalizado a los paramilitares con el sofisma de “policía voluntaria”.
La prensa y la Iglesia son enemigos a eliminar y para eso han dado rango constitucional a que “bajo el amparo de la religión ninguna persona u organización pueda realizar actividades que atenten contra el orden público”, y liquidado la libertad de expresión y de prensa con la infamia de que “el estado vigilara que los medios de comunicación social no sean sometidos a intereses extranjeros ni divulguen noticias falsas que atenten contra los derechos del pueblo…”.
Las constituciones dictatoriales de Nicaragua, Cuba, Venezuela y Bolivia violan los derechos humanos: a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona; a no ser sometido a esclavitud ni servidumbre; a no ser sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; al reconocimiento de su personalidad jurídica; a la igualdad ante la ley…; a un recurso efectivo ante los tribunales..; a no ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado; a tribunal independiente e imparcial…; a la presunción de inocencia, a la irretroactividad de la ley; a la vida privada; a la nacionalidad y a no ser privado arbitrariamente de su nacionalidad; a la propiedad privada; a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión…; a la libertad de opinión y de expresión..; a la libertad de reunión; a participar del gobierno…; a elecciones auténticas. ¡Violan los artículos 2,3,4,5,6,7,8,9,10, 11,12,13,14,15,16,17,18,19,20 y 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24, y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José…..son las leyes fundamentales de la infamia!
*Abogado y Politólogo. Director del Interamerican Institute for Democracy
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