
El dictador de Nicaragua, Daniel Ortega, propuso este miércoles una reforma al Código Procesal Penal en la faculta a la Policía Nacional a tener autoridad para allanar, sustraer equipos electrónicos e informáticos y exigir a las telefónicas la información digital (llamadas, mensajes de texto y voz, y geolocalización) de las personas que estén bajo su investigación, sin necesidad de una orden judicial.
La iniciativa, que propone reformar ocho artículos del Código Procesal Penal, fue enviada a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional (Parlamento), controlada por los sandinistas, y posteriormente fue remitida a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos para su consulta y dictamen.
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La propuesta autoriza a la Policía requerir a la empresa de telefonía “información de los titulares de líneas telefónicas móviles, fijas, servicios asociados, relación de llamadas, mensajes de texto y voz, geolocalización, la ubicación de antenas emisoras y receptoras”.
También el “número del módulo de identidad del suscriptor, de las direcciones de protocolos de internet, la identidad internacional de un equipo móvil y los usuarios vinculados a los equipos de las empresas telefónicas”.
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La Policía Nacional, que dirige Francisco Díaz, un consuegro de Daniel Ortega y de la vicepresidenta Rosario Murillo, podrá además “realizar registros, allanamientos, inspecciones y requisas que sean necesarios”, y podrán extraer y acceder a información de sistemas electrónicos e informáticos.

Todas esas acciones las podrán hacer sin una orden judicial en “casos de urgencia” y tendrá un plazo de tres días hábiles para la “convalidación del acto ante la autoridad judicial”, de acuerdo con la iniciativa.
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Según la exposición de motivos, las reformas están siendo solicitadas por Ortega como una forma de anticiparse a acciones de encubrimiento, “asegurando tales bienes y accediendo de forma oportunamente y directa a aquella información que garantice el éxito en el enfrentamiento a la delincuencia nacional y trasnacional”.
La propuesta de reforma también mandata al director general de la Policía a pedirle a las instituciones financieras públicas y privadas información sobre las transacciones de las personas naturales o jurídicas que estén siendo investigadas.
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Asimismo, “incautar, ocupar o inmovilizar activos, títulos valores, certificados de depósito, documentos y cuentas bancarias”.
También podrá suspender operaciones o transacciones financieras. Todas esas medidas podrán hacerse sin que la persona investigada sea informada.
“Todas las personas que tengan acceso a esta información deberán guardar absoluta reserva de su contenido. Los funcionarios públicos que violen esta disposición podrán ser destituidos de sus cargos, sin perjuicio de las responsabilidades”, señala la iniciativa.
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La reforma establece que aún en declaración de rebeldía, el proceso en contra de la persona no se suspenderá y si ya comenzó un juicio “el acusado será representado por un defensor” público.
(Con información de EFE)
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