
(Desde Montevideo, Uruguay) - El tratamiento de un proyecto de ley referido al financiamiento de los partidos políticos, que está pendiente desde la legislatura anterior, logró una inédita unión de bloques políticos en Uruguay para su aprobación. El Frente Amplio, el principal partido opositor, se unió con los oficialistas Partido Colorado e Independiente, al tiempo que el Partido Nacional (principal colectividad del gobierno) tiene reparos y fuertes críticas a la propuesta.
El proyecto de ley, que está previsto que se vote el próximo jueves en el Congreso, propone que los partidos tengan una “contribución para su financiamiento”, que estaría a cargo de sus representantes electos o de confianza y que no podrá exceder el 15% de su retribución líquida, como informó El País.
La ley también aborda la participación del Estado para ayudar a “solventar los gastos” de financiamiento para la participación en el ciclo electoral, desde las elecciones primarias hasta las municipales. Está previsto también un incentivo a la participación política de las mujeres.

El texto establece que los precandidatos que participen de las elecciones primarias deban rendir cuentas de los fondos públicos que recibieron dentro de los 90 días a la elección.
En cuanto al financiamiento privado, el documento plantea que los aportes mayores a 7.000 unidades indexadas a la inflación (unos USD 1.000) deberán ser realizados a través de medios de pago electrónicos. Las donaciones de las personas jurídicas, en tanto, tendrán limitaciones. Por ejemplo, no podrán aportar aquellas empresas que estén recibiendo subsidios o que mantengan contratos con el Estado. El borrador del proyecto de ley establece que los partidos puedan recibir donaciones por este concepto por hasta el equivalente a USD 50.000.
El proyecto plantea que cada persona física podrá donar hasta USD 45.000 en todo el ciclo electoral, al tiempo que limita los aportes que puede hacer cada candidato a presidente y a vicepresidente en el equivalente en unidades indexadas a USD 146.000. Los postulantes a senadores, diputados e intendentes pueden poner de su bolsillo un máximo de USD 116.000 al tiempo que los candidatos a los legislativos municipales, el equivalente a USD 35.000.
Las donaciones anónimas, en tanto, no podrán superar en ningún caso del 8% del total de los ingresos declarados en la campaña y se excluye de toda posibilidad de donación a las empresas que están regidas por la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (la “ley de medios”).
El Estado, a su vez, queda prohibido de realizar publicidad desde tres meses antes del comienzo de la veda electoral, a excepción de las campañas de bien público.
Los legisladores del oficialista Partido Nacional cuestionan varios artículos. Para el diputado Juan Martín Rodríguez la propuesta tiene una serie de puntos “de dudosa constitucionalidad” y aseguró que sería difícil de implementar. “Hay artículos que parecen haber sido redactados con una mentalidad sumamente montevideana, y que desconocen el funcionamiento del país en los lugares más recónditos”, dijo, en declaraciones consignadas por La Diaria. De todas maneras, aseguró que en su bancada ven con “buenos ojos” otros de los artículos.
Una de las dudas que tienen los legisladores es sobre cómo se implementaría el control, por ejemplo, en los medios del interior del país.

Rodríguez criticó que la mayoría de los artículos modifican los topes que ya existen en la ley de financiamiento actual y que se “consagran obligaciones a los medios audiovisuales” que definió como “cuasiembargatorias”. Como ejemplo mencionó que los canales no podrán tener como cliente al Estado los meses antes de las elecciones, lo que hará perder uno de sus principales ingresos.
Otro de los puntos que cuestionó es que se considere una “donación encubierta” la prestación de servicios de parte de los canales de forma desigual a las distintas colectividades políticas. Para Rodríguez, es una disposición “sumamente exagerada” que lo asimila al “régimen venezolano”. “Es una venezualización de nuestro sistema de comunicaciones”, aseguró.
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