
Más de tres décadas después de uno de los crímenes más atroces de la historia judicial argentina, la disputa por la herencia de Ricardo Barreda sigue dando de qué habar. El caso continúa activo en los tribunales, donde la Fiscalía de Estado de la provincia de Buenos Aires presentó una apelación para impedir que dos miembros de la familia Arreche, Mariana y Tomás, sean reconocidos como parte legítima en el litigio por la expropiación de la vivienda donde ocurrió el cuádruple femicidio.
La controversia judicial se centra en la legitimidad de los herederos y en el valor de la indemnización que la provincia debe pagar por la expropiación de la propiedad.
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Vale aclarar que la casona terminó expropiada por ley el 15 de noviembre de 2012 al cumplirse 20 años de los crímenes y declarada de utilidad pública como símbolo y respuesta a la violencia contra las mujeres, pasando a ser patrimonio de la Municipalidad de La Plata.

El conflicto se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo N°3 de La Plata, que en abril de este año admitió a Mariana y Tomás Arreche como parte del expediente. El tribunal resolvió el 22 de abril: “Tiénese a los peticionarios por presentados, por parte y por constituidos los domicilios indicados”.
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Sin embargo, la Fiscalía de Estado impugnó esta decisión y elevó la apelación a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata, argumentando que ambos ya habían sido excluidos como herederos por una resolución del Juzgado Civil y Comercial N°17 del 4 de julio de 2024.
Según ese fallo, Mariana y Tomás no tienen derecho a heredar de Gladys Mac Donald ni de las hijas de Barreda, ya que su parentesco supera el límite legal establecido por el Código Civil.
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El organismo provincial sostiene que los Arreche carecen de “aptitud procesal” para intervenir en la causa y que su inclusión violaría el debido proceso y los derechos de propiedad de los verdaderos herederos.
El fallo del Juzgado Civil y Comercial N°17 definió la nómina de herederos tras el fallecimiento de las cuatro víctimas: por Elena Arreche, heredan sus sobrinas Irma Luisa Fernández Arreche y Dora Elena Julián Arreche, y su sobrino Hugo Enrique Fernández Arreche; por Gladys Mac Donald, los herederos son sus primos hermanos Hugo Enrique Fernández Arreche, Irma Luisa Fernández Arreche y Dora Elena Julián Arreche; por el fallecimiento de Adriana y Cecilia Barreda, las herederas son sus tías abuelas Graciana Nélida Arreche y Luisa Isabel Arreche. Además, por derecho de representación de familiares pre-fallecidos, figuran Emilio Tomás Arreche y Mariana Arreche como sobrinos nietos, aunque su derecho es precisamente lo que se discute en la Cámara.
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El patrimonio en disputa incluye dos propiedades: la casa de la calle 48, actualmente en estado de abandono, y un departamento cercano a la terminal de ómnibus que pertenecía a Elena Arreche y que además tiene una historia muy particular: allí iba a ir a vivir Adriana, su hija menor y preferida, quien ya había hecho todos los preparativos y tenía no solo el vestido de novia elegido y preparado, sino también fecha para casarse.
Los herederos reclaman que la provincia indemnice por el valor de mercado, estimado aproximadamente en 350 mil dólares, y no por el valor fiscal, una diferencia que representa una suma considerable.
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El Estado provincial dispuso la expropiación directa de la casona cuando Barreda aún vivía, con la intención de destinarla a fines públicos. El propio Barreda inició entonces una contrademanda para reclamar una compensación económica, que nunca se concretó. Tras su muerte en 2020, declarado “indigno” para heredar cualquier bien, la demanda fue retomada por los herederos.

El eje del conflicto radica en la aplicación de la teoría de la conmoriencia del Código Civil, que se utiliza cuando no puede determinarse el orden exacto de las muertes en casos de múltiples homicidios.
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Esta doctrina presume que todos los fallecidos murieron al mismo tiempo, lo que impide que se hereden bienes entre ellos y dirige la sucesión hacia parientes colaterales.
Esta figura resultó determinante para excluir a Barreda de la herencia de su esposa e hijas y para que los bienes pasaran directamente a la familia de Elena Arreche.
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La casona, más allá de su valor material, se convirtió en un símbolo de la violencia de género y del machismo criminal en Argentina.
Durante la investigación penal, Barreda ofreció cuatro versiones distintas sobre los hechos: primero negó su autoría, luego alegó un estado de inconsciencia, más tarde admitió los asesinatos y aseguró que su última víctima fue su suegra, para finalmente cambiar y afirmar que la última en morir fue su hija menor.
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El tribunal lo condenó a prisión perpetua. Tras cumplir parte de la condena, Barreda obtuvo la libertad condicional y falleció en soledad en un geriátrico de José C. Paz.

El expediente sucesorio se transformó en una prolongación del juicio penal, con los herederos —todos ajenos al apellido Barreda— enfrentados tanto al Estado provincial, que busca minimizar la indemnización, como entre sí, en una disputa por un patrimonio que, paradójicamente, proviene de la víctima más despreciada por el femicida.
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