
Este martes, tras un veredicto unánime emitido por un jurado popular, durante una audiencia de determinación de pena, se dictó la sentencia para Simón Alfonso Ramírez Uribe, el responsable por el asesinato del docente Juan José Racco, ocurrido el 19 de abril de 2024 en la ciudad de Centenario, en Neuquén. El hombre fue condenado a prisión perpetua, la pena máxima prevista, luego de que el tribunal lo hallara culpable de homicidio criminis causa, robo agravado y estelionato, todos en concurso real.
La investigación judicial reconstruyó los hechos con precisión. La víctima, Juan José Racco, de 41 años, trabajaba como profesor de música en una escuela primaria local. El día del crimen, recibió en su domicilio a una persona con la que mantenía una relación, un elemento que la Fiscalía logró probar durante el juicio, celebrado entre el 12 y el 19 de mayo. La acusación sostuvo que el agresor aprovechó la confianza de la víctima para ingresar a la vivienda y perpetrar el ataque.
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Según informó el medio local LM Neuquén, dentro de la casa, Ramírez Uribe extrajo un cuchillo y apuñaló 50 veces a Racco. La brutalidad del ataque no se limitó a las lesiones punzocortantes: el agresor también golpeó a la víctima en la cabeza, provocándole un traumatismo de cráneo severo que resultó letal.
El ensañamiento y la violencia desplegada resultaron determinantes para la calificación del delito como homicidio criminis causa, una figura penal que sanciona el asesinato cometido para ocultar otro delito o garantizar la impunidad del autor.
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La secuencia criminal continuó tras el homicidio. El agresor robó diversos objetos de valor de la vivienda, entre ellos las cámaras de seguridad, una notebook, un teléfono móvil y la billetera de la víctima, que contenía su documento de identidad y tarjetas bancarias. Antes de abandonar el lugar, cerró la casa con llave y colocó un candado en la reja de entrada, con el objetivo de retrasar el hallazgo del cuerpo y dificultar la investigación inicial.
En los días posteriores al crimen, Ramírez Uribe comenzó a vender los objetos sustraídos y utilizó las tarjetas de débito y las cuentas bancarias de Racco durante casi un mes. Esta conducta permitió a la Fiscalía incorporar el delito de estelionato, que sanciona el uso de documentación ajena con fines económicos.
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El seguimiento de las transacciones y la venta de los bienes robados resultó clave para reconstruir la secuencia de los hechos y establecer tanto la autoría como el móvil del crimen.

El juicio oral se desarrolló ante un jurado popular compuesto por 12 ciudadanos, quienes escucharon los testimonios, las pruebas periciales y los alegatos de las partes. La Fiscalía presentó un caso sólido, basado en la reconstrucción de la relación previa entre víctima y victimario, el análisis de las lesiones y la trazabilidad de los objetos robados. El jurado emitió un veredicto unánime de culpabilidad, lo que condujo a la audiencia de determinación de pena celebrada este martes.
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Durante esa instancia, el fiscal jefe explicó que la única pena posible, en función del veredicto y la calificación penal, era la prisión perpetua. El artículo 80 inciso 7 del Código Penal contempla el homicidio criminis causa como uno de los delitos más graves, sin posibilidad de penas intermedias. El juez técnico a cargo del caso, tras escuchar a las partes, resolvió imponer la pena más severa prevista por la ley. El fallo incluyó también las figuras de robo agravado por uso de arma y estelionato, en concurso real, lo que refuerza la calificación legal y obliga al condenado a cumplir prisión efectiva sin posibilidad de reducción anticipada.
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