
El fallo de la Justicia de Mar del Plata sobre la muerte de la joven Lucía Pérez todavía genera diferente coletazos de polémica. Las mujeres trabajadoras judiciales de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) presentaron un escrito en el que expusieron su repudio a la sentencia dictada por el Tribunal Nº 1 de la ciudad bonaerense sobre el fallecimiento de la estudiante de 16 años.
"Advertimos con preocupación que en dicha sentencia los jueces han resuelto el caso con total prescindencia de la perspectiva de género que constituye una exigencia constitucional de interpretación y que, por lo tanto, debe aplicarse en los procesos penales y más aún en aquellos en donde se juzgan delitos sexuales", rezó el comunicado difundido y titulado "Justicia sin perspectiva no es justicia".
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Durante el lunes 26 de noviembre, los jueces Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Aldo Carnevale decidieron absolver a los acusados Matías Farías y Pablo Offidani, de 23 y 41 años, por la muerte de la joven de 16 años. De hecho, adujeron que Pérez murió por una sobredosis.
Los magistrados encontraron culpables a los acusados por el delito de "tenencia y comercialización de estupefacientes, agravado por su venta a una menor de edad y en jurisdicción de una escuela", por el que deberán pasar 8 años de prisión y pagar una multa de $135.000.
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"Los jueces efectúan una interpretación de la conducta de los acusados en torno a supuestos perfiles incompatibles con los de un abusador sexual, como si solo determinadas personas pudieran cometer esos delitos (derecho penal de autor). Esto deja al descubierto un sinnúmero de interrogantes, dudas y contradicciones sobre la muerte de Lucía", se afirmó en el escrito.
"Así, ante una aparente orfandad probatoria, los argumentos para absolver a los imputados respecto del abuso sexual son estigmatizar a Lucía mediante afirmaciones, expresiones e interrogantes que reproducen estereotipos sumamente sexistas y que consideramos impropios de una investidura judicial", se completó.
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Parte de las críticas más fuertes de las empleadas de la UEJN recaen en la postura de los jueces ante la personalidad de Lucía Pérez y su "capacidad de autodeterminación".

El juez Carnevale aseguró que "Lucía era una persona que llevaba una vida normal y nadie hizo mención alguna que el tema de su adicción se hubiera transformado en un tema preocupante para nadie de su entorno o que la llevara a la desesperante situación de someterse sexualmente para conseguir estupefacientes".
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Asimismo, el Tribunal sugirió que la joven de 16 años no era una persona "que podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento" y que, de acuerdo a chats registrados, era una persona que elegía de manera voluntaria los hombres con los que quería estar.
El fallo de los jueces marplatenses fue tan discutido que condujo a la propia Organización de los Estados Americanos (OEA) a mostrar su preocupación por lo resuelto y a criticar duramente la sentencia.
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El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belem do Pará envió una carta a la Corte Suprema de la Nación donde se solicita una corrección de la resolución judicial.

A su vez, las trabajadoras de la UEJN se basaron en la misma convención para afirmar que el fallo "limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de derechos humanos y libertades fundamentales".
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"Exigimos que las personas encargadas de impartir justicia cumplan con seriedad las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y todas las identidades feminizadas que garanticen una vida digna sin violencia y contribuyan a eliminar por completo las construcciones culturales que históricamente generan desigualdades entre las personas", se redactó sobre el final del texto de las empleadas judiciales.
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Caso Lucía Pérez: por qué los jueces sostienen que no hubo abuso sexual ni femicidio
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