
El 18 de julio último por la madrugada, Luis Eduardo Cadenas, un taxista uruguayo de 60 años de edad, cargó a un hombre en el Chevrolet Aveo que conducía en la esquina de Callao y Rivadavia. Su pasajero le ordenó dirigirse a la zona de Barracas, no muy lejos del hospital Borda. El hombre en el asiento trasero no dijo mucho durante el trayecto; ocupaba sus manos con una birome y una libreta.
Poco después, un suboficial de la PFA encontró a Cadenas en su patrullaje de rutina sobre Paracas al 300, una calle semidesierta en el barrio de Barracas; el chofer le hizo señas al policía para que pare y lo asista. Cadenas tenía un profundo corte en su cara y un cuchillo en su mano; su pasajero, Fernando Alonso de Celada, de 62 años, con domicilio en Villa Devoto, estaba muerto sobre el asfalto con una puñalada en el tórax, lo que lo llevó a una hemorragia tanto interna como externa según la autopsia posterior en la Morgue Judicial.
Cadenas fue detenido e imputado por homicidio luego de recibir curaciones en el hospital Penna bajo consigna policial, su taxi incautado. A las pocas horas, el conductor declaró ante el juez de su caso, el doctor Luis Zelaya: aseguró que Alonso de Celada lo atacó por sorpresa llevándole un cuchillo a la garganta desde el asiento trasero, que comenzó un forcejeo que llevó a chocar la trompa del Chevrolet Aveo y que el forcejeo continuó sobre la vereda. En algún punto que todavía se vuelve impreciso, Cadenas le hundió el cuchillo en el pecho a su agresor. Era, digamos, algo borroso. "No recuerdo tener el cuchillo en mi mano y apuñalar directamente. Es probable que haya pasado pero no tengo el recuerdo de haber hecho eso. Fue fruto del forcejeo, iba de acá para allá", aseguró el taxista en diálogo con Infobae horas después del hecho.
Zelaya ya le había aplicado la falta de mérito tras su primera declaración, lo que aseguró su libertad. Ayer, el titular del Juzgado de Instrucción Nº13 sobreseyó al taxista y ordenó la inhumación del cuerpo de Alonso de Celada, que permanecía en la morgue. El magistrado determinó en su fallo: "Se colige que Cadenas obró amparado por una causa de justificación, la legítima defensa".
Para Zelaya -que valoró testimonios tanto de policías como testigos y pericias sobre el cuerpo del taxista y la división Laboratorio Químico de la PFA- hubo tres ejes jurídicos clave. Cadenas, asentó el magistrado en su escrito, no solo sufrió una agresión ilegitima: también tuvo la "necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla" y "la falta de provocación suficiente por del que se defiende".
El juez no negó que Cadenas le causara la muerte a su pasajero: "Se encuentra acreditado en autos que Fernando Alonso De Celada fue muerto como consecuencia de la acción desplegada por el imputado Luis Ernesto Cadenas, hecho que, objetiva y subjetivamente, se subsume en un tipo penal (homicidio) y que permitió establecer prima facie una presunción de ilicitud que motivó la detención y posterior indagatoria de Cadenas. Sin embargo, su conducta no fue contraria a Derecho". Luego, aseveró que lo hizo con la intención de "impedir al agresor".
Zelaya valoró que "fue el propio imputado quien solicitó el auxilio policial, sin pretender ocultar el arma que dio muerte a Alonso De Celada y brindando una explicación sobre lo acontecido coherente con el relato que brindó en su indagatoria". También, el magistrado puso en la balanza la pericia de una médica legista de la PFA sobre las manos del taxista, que constató "varias lesiones de data reciente al momento del examen e indicó ante el tribunal que dichas lesiones son compatibles con la maniobra defensiva que Cadenas aseguró haber desplegado para repeler la agresión dirigida por la víctima"
Los antecedentes psiquiátricos de la víctima fueron también considerados. Alonso De Celada no solo había sido internado en el hospital Borda; el ataque a Cadenas no habría sido el primero en su lista.
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