
Esta madrugada, el Ministerio de Seguridad de la Nación formalizó el “Protocolo para la Detección Temprana de Situaciones de Trata de Personas en el Ámbito Aeroportuario”, con el objetivo de reforzar la prevención, detección y persecución del delito de trata de personas, una problemática que ha evolucionado en sus formas y magnitud en los últimos años.
La medida se oficialzó mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 468/2026, que otorga carácter reservado a los anexos operativos y de designación de oficiales referentes, responde a la necesidad de dotar al personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) de herramientas adaptadas a los desafíos actuales.
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La actualización del protocolo busca atender, con procedimientos y pautas de acción renovados, las nuevas modalidades de la trata, consideradas por organismos internacionales como “complejas y organizadas”, con dimensiones intra e internacionales.
El ámbito aeroportuario ha sido identificado como un espacio neurálgico para la movilidad y, por extensión, para la actuación de redes criminales dedicadas a la trata. La resolución reconoce la centralidad de este entorno y la importancia de contar con personal especialmente capacitado y procedimientos reservados para evitar filtraciones que perjudiquen investigaciones en curso o expongan a riesgo la seguridad pública.
La normativa deja sin efecto el protocolo anterior de 2018 e implementa nuevos lineamientos para la designación y actuación de los oficiales referentes del delito de trata de personas en cada unidad de la PSA.
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El Director Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria queda instruido para garantizar la asignación de estos oficiales conforme a las pautas aprobadas, mientras que la Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos de Trata y Contra la Integridad Sexual se encargará del monitoreo y difusión del protocolo.
El texto establece que el protocolo será de cumplimiento obligatorio para todo el personal de la PSA, asegurando así una cobertura integral en la vigilancia y respuesta ante posibles situaciones de trata detectadas en aeropuertos.
Desde el Gobierno, destacan la necesidad de “actualizar, fortalecer y promover mecanismos coordinados de actuación” responde al carácter dinámico del delito de trata, que ha mostrado adaptaciones y sofisticación en sus métodos, según informes de la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito.
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La Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos de Trata y Contra la Integridad Sexual será responsable de monitorear la aplicación del protocolo, garantizar su actualización periódica y coordinar acciones de difusión y conformación de mesas de trabajo. El carácter reservado de parte de los anexos responde a la necesidad de proteger estrategias y procedimientos que, de ser divulgados, podrían comprometer investigaciones activas o la seguridad de las víctimas y el personal involucrado.
Según el Reporte de Tráfico de Personas 2024 de la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito, el delito de trata ha adquirido características cada vez más complejas en la región, con redes que operan tanto a nivel interno como internacional. Los aeropuertos, por su condición de nodos de movilidad, se convierten en puntos estratégicos para la detección y prevención de estos delitos.
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Qué dice le protocolo
De acuerdo con los anexos que acompañan la norma, el protocolo define que toda intervención debe regirse por los principios de urgencia y celeridad, accesibilidad y respeto, seguridad de las víctimas y evaluación continua del riesgo. Los funcionarios que intervienen están obligados a evitar la revictimización y garantizar la confidencialidad de la información, resguardando la identidad de las personas afectadas y actuando bajo el interés superior de niños, niñas y adolescentes cuando estos se encuentren implicados.
Las pautas de actuación contemplan el respeto por los derechos y garantías constitucionales de todas las personas involucradas, incluidas las presuntas víctimas, testigos e imputados. Se establece también la obligación de evaluar de manera inmediata y continua el riesgo para la seguridad y el bienestar de las víctimas y su entorno familiar.
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En casos que involucren menores de edad, el protocolo ordena actuar siempre conforme al interés superior del niño, asegurando su protección integral de acuerdo con los tratados internacionales y la legislación nacional.
El protocolo define la trata de personas como el ofrecimiento, captación, traslado, recepción o acogida de personas con fines de explotación, sea dentro del país o hacia el exterior.
La explotación puede manifestarse en múltiples formas: reducción a la esclavitud, trabajos o servicios forzados, prostitución ajena, producción de material de abuso sexual infantil, matrimonio forzado, y extracción forzada de órganos, entre otras. La normativa nacional subraya que el consentimiento de la víctima carece de relevancia para la configuración del delito y que las víctimas no son penalmente responsables por delitos cometidos bajo coacción de los tratantes.
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El proceso delictivo suele implicar varias etapas: ofrecimiento o captación, traslado, recepción y acogida. Cada una de ellas puede involucrar diferentes actores y mecanismos de sometimiento, tales como engaño, manipulación psicológica, endeudamiento forzado, abuso de autoridad, amenazas, consumo forzado de sustancias, privación de libertad, desarraigo o violencia física.
El documento advierte que los tratantes aprovechan situaciones de vulnerabilidad preexistentes o inducidas, como la precariedad económica, la migración, la discapacidad, la pertenencia a pueblos originarios o el aislamiento social.
Las mujeres y niñas continúan siendo las principales víctimas, especialmente a través de falsas promesas laborales y vínculos de confianza. Los niños, niñas y adolescentes —en particular los migrantes no acompañados— presentan un riesgo elevado, siendo captados incluso mediante redes sociales y juegos en línea. Las personas con discapacidad y aquellas pertenecientes a comunidades originarias también figuran entre los grupos más expuestos.
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Los tratantes utilizan métodos como la restricción de libertad, la privación de documentos, el hacinamiento, la intimidación por medio de amenazas o contactos con autoridades y la manipulación psicológica. El endeudamiento inducido y la coacción refuerzan la dependencia y dificultan la búsqueda de ayuda por parte de las víctimas.
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