
El Gobierno nacional formalizó una serie de cambios que impactarán en la estructura y funcionamiento de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación. A partir de ahora, el organismo actuará bajo la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.
Las modificaciones entraron en vigencia este viernes a la madrugada, luego de que se publicara el Decreto 447/2025 en el Boletín Oficial. De esta manera, realizaron modificaciones al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 157 del 14 de febrero de 2020.
En el primer artículo de la normativa, se actualizó el lugar que ocuparía dentro de la estructura estatal, debido a que el organismo descentralizado había sido creado previo a que el Ministerio de Innovación, Ciencia y Tecnología fuera reducida a Secretaría.
De la misma manera, las autoridades definieron que el organismo estará dirigido por un Comité Directivo conformado por un presidente y dos directores. “Estos últimos serán elegidos considerando parámetros de representación de diferentes sectores y disciplinas”, aclararon.
Luego de que los cargos sean atribuidos los funcionarios pertinentes, la comisión deberá reunirse en sesiones ordinarias de forma periódica. En ella, tomarán las decisiones centrales para el diseño, ejecución y evaluación de programas de financiamiento e incentivo a la innovación, con regulaciones internas propias.

Respecto a la designación y remoción de las autoridades que formarán parte de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación deberá ser aprobada por el Poder Ejecutivo. No obstante, los mismos serán propuestos por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. Además, establecieron que el presidente del organismo tendrá rango de secretario, mientras que los directores ejercerán funciones ad honorem.
Otra de las modificaciones claves que se asentaron en el documento, las autoridades redefinieron las funciones que deberá cumplir el ente de ahora en más. Entre ellos, destacó la administración de fondos y su posterior adjudicación, respecto a los criterios y procedimientos que garanticen la transparencia.
En línea con esto, la agencia deberá diseñar, ejecutar y evaluar programas e instrumentos promocionales en su ámbito, a la vez que tendrán que proponer un esquema de fondos de inversión y respaldo orientados a promover la actividad científica y tecnológica.
También deberán crear un sistema de evaluación de proyectos que analice la “factibilidad económica, tecnológica, el porcentaje de riesgo y el recupero del financiamiento reembolsable otorgado” de los instrumentos y herramientas puestas en funcionamiento para promover y fomentar la innovación del sector científico.
En ese sentido, tendrán que determinar los criterios, mecanismos, pautas y procedimientos que establecerán como se implementarán dichos instrumentos, así como buscarán fomentar la cooperación público-privada, y el estímulo de sinergias entre actores del sector.
Por otro lado, el titular del organismo tendrá a su cargo la representación legal y dirección general de la Agencia, además de la ejecución de los programas y proyectos conforme a las directivas del Comité Directivo.
Dentro de las funciones establecidas, se incluyó la supervisión del funcionamiento de las distintas dependencias, la gestión económica, financiera y patrimonial, así como la administración de los recursos humanos. Incluso, deberá promover la obtención de fondos públicos y privados, tanto en el ámbito local como extranjero, y aportar información clave para la confección y elevación del presupuesto anual.
Para poder cumplir con los objetivos establecidos, las autoridades facultaron al presidente del organismo para que pueda solicitar la colaboración de otros entes de la Administración Pública Nacional. Entre las responsabilidades formales se sumó la elaboración y publicación de la Memoria Anual y la posibilidad de actuar en juicio, a través de apoderados designados, en representación de la Agencia. Por último, estará habilitado para aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones provenientes de entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
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