
Las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) fueron establecidas por ley en 2009 y se celebraron por primera vez en 2011. Se trata de un mecanismo electoral que sirve para que los electores definan las listas de los precandidatos de cada alianza política o frente electoral que luego competirán en las elecciones generales.
Además, establece un piso mínimo de votos para que las fuerzas políticas puedan presentarse en octubre. Para poder continuar en carrera hacia los comicios nacionales, los frentes políticos deben superar el 1,5% de los votos válidos. De lo contrario, no podrán competir en las elecciones nacionales.
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La dinámica es igual que en las elecciones generales. Por ejemplo, se puede votar a más de una agrupación política, pero siempre y cuando sea para distintos cargos. Es decir, es posible cortar boleta y elegir a un precandidato a presidente de un partido y un precandidato a diputado de otro. En caso de que se votara a dos candidatos para el mismo cargo, el sufragio quedará anulado.
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El lugar de votación suele ser el mismo que en los comicios generales, pero puede cambiar el instituto. Para corroborar hay que entrar al sitio web habilitado por la Cámara Nacional Electoral y consultar.

¿Qué se vota en las elecciones 2023 en Argentina?
Los comisiones nacionales se realizan por ley, según el artículo 54 del Código Nacional Electoral, el cuarto domingo de octubre, que en 2023 es el 22 de ese mes. Las autoridades que se elegirán en las elecciones nacionales del octubre del 2023, son:
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- Presidente - Vicepresidente - Diputados nacionales - Senadores nacionales - Representantes del Parlasur
El candidato a presidente debe alcanzar en los comicios de octubre más del 45% de los votos o el 40% con una diferencia de al menos un 10% respecto del segundo. Si esto no sucede, habrá balotaje, o segunda vuelta, entre los dos candidatos más votados. Esta será la última instancia electoral del año, y debe tener lugar dentro de los 30 días siguientes a la realización de la elección general, según lo establece el artículo 96 de la Constitución Nacional. Según el calendario electoral de 2023, en caso de haber segunda vuelta será el 19 de noviembre.
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El país votará, además de los cargos del Poder Ejecutivo nacional, a candidatos para ocupar las bancas de diputados y senadores nacionales cuyo mandato termina en diciembre de este año. Es decir, en 2023, se deben elegir 135 diputados nacionales (la mitad de la Cámara Baja) y 24 senadores (un tercio de la Cámara Alta).
La Cámara de Diputados cuenta con 257 miembros, que se renuevan de a mitades cada dos años. La cantidad de bancas que cada provincia tiene en la Cámara Baja guarda relación proporcional con su número de habitantes, aunque se garantiza un piso de 5 diputados para aquellos distritos con poblaciones chicas. Por este motivo, la cantidad de bancas a votar varía según la provincia.
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Hay 8 provincias que deberán renovar sus bancas en el Senado: Provincia de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, Misiones, La Rioja, San Luis, San Juan y Santa Cruz. De esta forma, serán elegidas 24 de las 72 bancas que hay en la Cámara Alta.
En la Cámara de Diputados, se renovarán 35 bancas por la Provincia de Buenos Aires, 12 por la Ciudad de Buenos Aires, 10 por Santa Fe, 9 por Córdoba y 5 por Mendoza y Tucumán. En tanto, Corrientes, Entre Ríos, Misiones, Salta y Santiago del Estero elegirán cuatro nuevos diputados; Chaco, Chubut, Formosa, Jujuy, La Rioja, Rio Negro, San Juan y Tierra del Fuego, tres y Catamarca, La Pampa, Neuquén, Santa Cruz y San Luis, dos.
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¿Cuáles son los documentos válidos para votar en las PASO 2023?

Libreta Cívica
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Libreta de Enrolamiento
DNI verde
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DNI celeste
DNI tarjeta
Se debe sufragar con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón, no se podrá emitir el voto. Además, cabe aclara que el DNI en el celular no es válido para votar en ningún establecimiento.
¿Es obligatorio votar en las PASO 2023?
Sí. El voto en Argentina es universal, libre, secreto y obligatorio. Es decir, todas las personas que estén habilitadas para votar deben hacerlo, ya que se trata de un derecho y una obligación constitucional.
A pesar de ello, la legislación también establece algunas excepciones. En primer lugar, el voto no es obligatorio para los jóvenes de 16 y 17 años, y para las personas mayores de 70 años. Tampoco deben justificar su ausencia en las PASO.
Por otra parte, hay otros grupos, establecidos por ley, que están exceptuados de votar, pero que sí deben justificar su ausencia en las PASO ante la Justicia Electoral:
- Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado.
- Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación.
- Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
- Jueces o auxiliares que estén en funciones durante la elección.
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