Vacunatorio VIP: tras el fallo de la Cámara Federal, la jueza reactivó la causa, ordenó diligencias y delegó la investigación en la Fiscalía

La decisión fue tomada por la jueza María Eugenia Capuchetti, luego de la sentencia que le ordenó reabrir la pesquisa para determinar si hubo delito en la vacunación de personas cercanas al poder

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El fiscal Eduardo Taiano, atrás la jueza María Eugenia Capuchetti el día de su asunción (Adrián Escandar)
El fiscal Eduardo Taiano, atrás la jueza María Eugenia Capuchetti el día de su asunción (Adrián Escandar)

La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este martes una serie de diligencias que habían sido reclamadas por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) en búsqueda de más documentación que permita profundizar la causa por el llamado “Vacunatorio VIP”. La resolución de Capuchetti es consecuencia del fallo de la Cámara Federal porteña que ayer, lunes, le ordenó sacar del archivo el expediente, investigar a los vacunados y profundizar el análisis sobre la responsabilidad que habrían tenido los funcionarios a la hora de entregar las dosis de Sputnik V cuando la población común no tenía aún acceso a recibirlas.

Las medidas ordenadas por Capuchetti no incluyen por el momento cruce de mails ni entrecruzamiento de llamados sobre distintos funcionarios y ex funcionarios, medidas que también reclamaba el fiscal de la PIA Sergio Rodríguez, revelaron a Infobae fuentes judiciales. Apunta a una serie de documentación entre la que está el pedido al Ministerio de Salud sobre cómo se distribuyeron las vacunas en los hospitales nacionales de las provincias y en los centro de salud vinculados a la Policía.

Lo que sí dispuso la jueza después de firmar estas medidas es que la causa quede delegada en el fiscal Eduardo Taiano, quien inicialmente había coincidido con ella en disponer el archivo de la causa para 65 de las 70 personas que habían recibido las dosis asignadas al Hospital Posadas no habían cometido delito. Fue así que Taiano no apeló la resolución de la jueza. Pero apeló el fiscal Rodríguez -algo que las defensas cuestionaron pero que la jurisprudencia permite cuando el fiscal actuante no apela- y eso abrió la puerta a que la Sala I de la Cámara Federal diera marcha atrás con el cierre que había planteado la jueza en julio pasado.

Para los integrantes del tribunal Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, el orden de prioridades para darse la vacuna en febrero de 2021 no era simultáneo para personal de salud, mayores de 60 y personal estratégico, sobre todo porque en ese momento las vacunas eran “un bien escaso” que el Estado debía administrar. “¿Por qué ellos, y no otros de entre los millones de ciudadanos del país en igual condiciones, fueron los beneficiarios de esa vacunación simultánea?”, disparó el fallo.

Carla Vizzotti, ministra de Salud
Carla Vizzotti, ministra de Salud

Ahora será Taiano el encargado de motorizar la investigación. No solo tendrá que analizar la situación de las 70 personas vacunadas, sino que a ello se adjuntan el análisis sobre los más de 300 casos que se vacunaron en el Posadas, las 60 vacunas que se destinaron a El Calafate y también la situación de los padres de la hoy ministra de Salud Carla Vizzotti.

Precisamente el caso de los padres de Vizzotti se convirtió en una encrucijada para los investigadores. Es que, tal como lo detalló Infobae el 18 de agosto, el fiscal Taiano entendió que no había existido delito cuando Carlos Alberto Vizzotti, médico retirado de 77 años, y su esposa Silvia Manteca Acosta, ama de casa de 74, habían recibido la vacuna el 18 de febrero en una escuela de Ingeniero Maschwitz, partido de Escobar.

El fiscal pidió desestimar la investigación por entender que ambos pertenecían a la “población objetivo” y estaban “debidamente inscriptos en el plan de vacunación” de la provincia de Buenos Aires. A su juicio, “no se vislumbran” irregularidades en el caso de los padres de la ministra. La jueza no tomó ningún temperamento, pero el criterio sobre los padres de Vizzotti podría cambiar a luz de profundizar los lineamientos que fijó la Cámara Federal.

Otro dato llamativo es que la investigación sobre los padres de Vizzotti se concentró en los tribunales federales, cuando la vacunación se hizo en la provincia. Aunque es una decisión ya tomada, en fuentes judiciales se preguntaban si esa interpretación no abrió la puerta a que otras causas de vacunados en forma irregular del país puedan llegar a terminar en los tribunales de Retiro.

Será ahora el fiscal Taiano el que tendrá que resolver cómo avanza con la investigación. En la causa siguen imputados el ex ministro de Salud Ginés González García; el ex jefe de gabinete del Ministerio Lisandro Bonelli; su secretario privado, Marcelo Cullé y el secretario de la cartera, Alejandro Collia.

“Será necesario indagar -siguiendo el esquema que la causa trazó tras la decisión aquí revisada- qué personas fueron vacunadas según los estándares impuestos por el Plan de Vacunación y quiénes se adelantaron por algún beneficio que les fue singular”, señala la resolución de la Cámara Federal. “Máxime cuando se desconoce, además, en qué carácter fueron vacunados, si esa cualidad fue real o asignada al sólo efecto de burlar los requisitos del sistema de vacunación implementado y, en este caso, si esa ficción fue así declarada por el beneficiario o por quien tenía la labor de carga de los datos oficiales”, dijeron los camaristas.

Alberto Fernandez y Gines Gonzalez Garcia (Franco Fafasuli)
Alberto Fernandez y Gines Gonzalez Garcia (Franco Fafasuli)

En esa lista de vacunados VIP aparecen desde el presidente Alberto Fernández y sus colaboradores más cercanos hasta el Procurador del Tesoro Carlos Zannini y su esposa, el periodista Horacio Verbitsky, el ex presidente Eduardo Duhalde, su esposa Hilda “Chiche” González y las hijas de ambos, el ministro de Economía Martín Guzmán, el canciller Felipe Solá, el embajador en Brasil Daniel Scioli , el ministro de Defensa Jorge Taiana y el diputado Eduardo Valdés. También el x ministro de Salud Ginés González García y varios empresarios amigos suyos.

Por lo pronto la jueza ya dispuso una serie de medidas reclamadas por el fiscal Rodriguez que apunta a obtener documentación.

El fiscal Rodríguez buscaba también que se realizara un análisis de los llamados y mensajes telefónicos, en la búsqueda de arrojar luz sobre cómo se organizó el Vacunatorio VIP y quiénes estaban al tanto del funcionamiento de esa unidad especializada en vacunar a funcionarios y allegados al gobierno cuando las dosis estaban destinadas a personal de salud. La jueza por el momento no hizo lugar a esa medida, indicaron fuentes judiciales a Infobae.

Otro ingrediente que se sumó al nuevo escenario que dejó establecido el fallo de la Cámara Federal: el caso ya no solo tendrá sólo el impulso del Ministerio Publico. Los jueces Bertuzzi, Bruglia y Llorens habilitaron a una asociación civil a que pueda convertirse en querellante: la asociación civil Bases Republicanas, que lidera una ex funcionaria macrista Jimena De La Torre..

Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, los jueces que reabrieron la investigación
Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, los jueces que reabrieron la investigación

La jueza les había negado tal condición al no haber demostrado “una lesión al bien jurídico protegido que la haya afectado de forma especial, concreta y directa” y cuando tampoco se evidenciaba en el caso “un supuesto alcanzado por el objeto social de la entidad que representa que la habilitara a acceder al rol procurado”.

Pero la Sala I de la Cámara Federal afirmó que “teniendo en cuenta que los hechos y conductas que conforman el objeto de pesquisa podrían conculcar derechos colectivos fundamentales de la sociedad en general, resulta procedente la constitución como parte querellante de la incidentista, en tanto el objeto social de la organización que representa abarca la defensa y protección de dichas garantías”. Y dispuso que tener a esa asociación como parte querellante “sin perjuicio de que con el avance del proceso se fije un marco fáctico distinto y concreto, que desvanezca los requisitos exigidos por la norma citada y, en consecuencia, la calidad de parte acusadora otorgada”.

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