
Tras el pedido de la Corte Suprema a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) para que explique las medidas que se tomaron en torno a la filtración de las escuchas a Cristina Kirchner, el titular de la Dirección de Captaciones de Comunicaciones del Poder Judicial, Javier Leal de Ibarra, celebró que se realice una investigación para determinar responsabilidades y detalló cómo es el procedimiento para ordenar la intervención telefónica.
En diálogo con el periodista Luis Majul, quien quedó en el ojo de la tormenta por ser quien difundió los diálogos entre Cristina Kirchner y Oscar Parrilli, Leal de Ibarra destacó "la importancia que tiene para una investigación penal seria contar con una herramienta como las escuchas judiciales. Se han desbaratado bandas de narcotraficantes, se han esclarecido secuestros extorsivos, se han salvado vidas con la captación de comunicaciones".
En ese sentido, el presidente de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia aseguró que la filtración no salió de la Dirección de Captaciones de Comunicaciones, y detalló el procedimiento para la realización de una escucha: "A partir de que una autoridad judicial requiere que se haga una escucha, hay dos tipos, la escucha directa y la escucha ordinaria".
"La escucha directa es una suerte de vedette del sistema, porque realmente permite desbaratar secuestros extorsivos, desbaratar cargamentos de estupefacientes que pueden ir de un lugar a otro (porque) se escucha en el mismo momento lo que se está haciendo, de la mano que el ilícito se está llevando adelante", amplió.

En esa línea, contó que "el segundo tipo, podríamos denominarlo la escucha ordinaria, que es cuando se requiere una investigación con más tiempo, que se requieren intervenir muchos teléfonos para seguir determinadas pistas que uno tiene en el marco de una investigación". "La Dirección de Captación de ninguna manera evalúa el pedido que hace una autoridad judicial, tiene que cumplir con la orden judicial. Una vez que llega el pedido, lo remite a las empresas de telefonía que tienen que llevar adelante el servicio", detalló.
Luego, "una vez que se hace ello, en el caso de la escucha directa, el juez puede ordenar que la escucha la haga personal de nuestra dirección, o personal de alguna fuerza de seguridad que haya intervenido en la investigación. Imagínese que la investigación la lleva adelante la Policía Federal, puede ser importante para el magistrado que quien haga la escucha sea el individuo que llevó adelante la investigación, porque conoce a los personajes, conoce de qué se trata o el tipo de delito que se está llevando adelante".
Leal de Ibarra además explicó qué pasa luego de que se hace la escucha: "Se hace la intervención y el individuo que la hace lleva el soporte a manos del juez. Ahí termina la historia. Luego, una vez que sale de la órbita de la Dirección de Captación, el derrotero del CD (con las escuchas)… Dios lo sabe. Las escuchas salen del área de custodia cuando se cumple la tarea encomendada y ahí nosotros la perdemos de vista".
Las declaraciones de Leal de Ibarra se produjeron luego del pedido de la Corte Suprema al presidente de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas, respecto de las filtraciones de las escuchas con diálogos -de 2016- entre Cristina Kirchner y su ex funcionario Oscar Parrilli.

Ayer, la Corte le había pedido a Arribas que "ponga en conocimiento del Tribunal las actuaciones que hubiera iniciado en razón de las filtraciones referidas" y pidió que se informe "cualquier circunstancia que considere pertinente orientada a dilucidar la responsabilidad administrativa que pudiere corresponder a los agentes de la Agencia su cargo en la captación, transmisión, entrega y resguardo de la cadena de custodia de los datos obtenidos mediante las interceptaciones telefónicas ordenadas en la causa señalada".
Además, la semana pasada, la Corte Suprema había firmado otra acordada en la que solicitaba al Congreso que audite la dependencia del propio tribunal, dirigida a su vez por el camarista federal Martín Irurzun, que se ocupa de hacer escuchas telefónicas.
En ese marco, le requirió al juez Rodolfo Canicoba Corral, que tiene a cargo una causa penal sobre el tema, que informe si se detectaron "fallas en el resguardo de la confidencialidad y la custodia" de las captaciones realizadas por orden de la Justicia.
Con el requerimiento que hizo ayer, la Corte Suprema hizo lugar a un pedido que había sido realizado por Parrilli, y está vinculado a diálogos que fueron grabados en 2016, como parte de escuchas que había ordenado el juez Ariel Lijo sobre el ex secretario general de la Presidencia, en el marco de una investigación por supuesto encubrimiento del narcotraficante Ibar Pérez Corradi.
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