Fiscalía advierte que fallo del TC a favor de Mateo Castañeda anularía todo el caso Los Waykis en la Sombra

Desde el Ministerio Público piden a tribunos aclarar si la sentencia solo beneficia al exabogado de Dina Boluarte o a todos los investigados, incluido Nicanor Boluarte

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Mateo Castañeda deberá estar en
Mateo Castañeda deberá estar en prisión preventiva por 24 meses mientras duren las investigaciones por el caso 'Los Waykis en la sombra'| Andina

El Ministerio Público pidió al Tribunal Constitucional aclarar su sentencia a favor del exabogado de la presidenta Dina Boluarte, Mateo Castañeda, fallo que podría acabar con todo lo avanzado en el caso Los Waykis en la Sombra.

Como se recuerda, esta semana, el TC publicó la sentencia que declara fundada la demanda de Castañeda, anula la disposición fiscal con la que se incorporó oficialmente a la investigación y los actos posteriores a este, como la formalización de la investigación preparatoria.

Sin embargo, como advirtió Infobae, el TC no especifica si su decisión únicamente alcanza a los actos de investigación respecto a Mateo Castañeda, como se suele hacer al declararse nula una resolución o disposición.

“La parte resolutiva de manera general y bajo una lectura literal, ordena la nulidad de la disposición fiscal 04-2024 y las demás actuaciones fiscales sin especificar que sea únicamente sobre Mateo Grimaldo Castañeda Segovia o también de todos los demás investigados de la carpeta fiscal 07 -2024 (Los Waykis en la Sombra)”, alerta la Procuraduría Pública del Ministerio Público en su escrito.

Fiscalía pide al TC aclarar
Fiscalía pide al TC aclarar sentencia

Y es que, en la sentencia, el TC no hace algún cuestionamiento a las imputaciones sobre los otros investigados en este caso, como Nicanor Boluarte. Solo se cuestiona la actuación fiscal contra Mateo Castañeda.

En esa línea, la Procuraduría Pública del Ministerio Público requiere a los magistrados aclarar si el fiscal Carlos Ordaya no puede investigar únicamente a Castañeda o si es que ha sido excluido totalmente del caso.

“Solicito respetuosamente atender a lo peticionado a fin de dar pronto cumplimiento a los alcances de lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la presente causa, a f¡n que el Despacho Fiscal emita pronunciamiento en la carpeta fiscal 07 -2024″, requieren desde la defensa de la Fiscalía.

Esta es la disposición que
Esta es la disposición que el TC anuló. Las disposiciones y requerimientos posteriores también serían nulos.

Sentencias viciadas

El magistrado Francisco Morales votó a favor del abogado Mateo Castañeda en dos procesos, pese a que este último había ejercido previamente su defensa, según documentos revisados por Infobae.

Sin notificar a sus colegas ni presentar una solicitud de abstención, Morales respaldó que se anule la investigación contra Castañeda en el caso Waykis y que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) considere iniciar un proceso disciplinario contra el juez Richard Concepción Carhuancho.

Francisco Morales acreditó a Castañeda como su abogado ante el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (Eficcop) en diciembre de 2023. En esos días, Morales fue citado para declarar en una investigación vinculada al caso del exasesor Jaime Villanueva, detenido a finales de noviembre de ese mismo año, que involucraba a la extitular del Ministerio Público, Patricia Benavides.

Francisco Morales fue representando por
Francisco Morales fue representando por Mateo Castañeda cuando el primero fue citado por el Equipo Especial PNP.

Los expedientes consultados por Infobae revelan que no existe constancia alguna de que Morales Saravia haya comunicado el vínculo profesional previo con Castañeda. Tampoco hay registros de que el propio magistrado haya solicitado apartarse de las causas. Adicionalmente, la Fiscalía no advirtió sobre esa relación, de acuerdo al expediente de la demanda contra el Eficcop.

La normativa vigente en el Tribunal Constitucional establece que los magistrados son “irrecusables, pero pueden abstenerse de conocer algún asunto cuando tengan interés directo o indirecto o por causal de decoro”. La única excepción para no abstenerse es si su apartamiento impide resolver el caso, situación que no se dio en estos expedientes, ya que quedaban seis magistrados habilitados para votar.