
La Tercera Sala Penal Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada determinó la inmediata excarcelación del expresidente Martín Vizcarra, al declarar fundado en parte el recurso de apelación presentado por su defensa contra una resolución previa que disponía su prisión preventiva. Esta decisión, difundida en un fallo oficial, deja sin efecto la medida restrictiva dictada en el proceso por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
Según el documento judicial, los magistrados de la sala penal resolvieron revocar la Resolución Nº 11 del 13 de agosto de 2025, y en su lugar, declarar infundado el requerimiento fiscal de variación de prisión preventiva formulado contra Vizcarra Cornejo. El criterio aplicado para esta resolución se fundamentó en el artículo 409 del Código Procesal Penal (CPP). El tribunal exhortó al despacho correspondiente a que tramite de manera inmediata los oficios necesarios para proceder a la liberación del exmandatario, salvo que exista alguna otra orden vigente de prisión preventiva emitida por autoridad competente.
El tribunal consideró que la existencia de graves y fundados elementos de convicción, así como la prognosis de pena, habían sido determinadas años atrás y que la defensa no aportó argumentos probatorios que desvirtuaran ese nivel de sospecha. No obstante, también estableció que la fiscalía no presentó datos que evidenciaran un aumento del peligro de fuga o decaimiento de los arraigos de Vizcarra.
Asimismo, sobre la valoración judicial respecto al arraigo familiar y laboral, señaló que el juez de primera instancia incurrió en errores al cuestionar el vínculo laboral de Vizcarra con una empresa familiar y al inferir la inexistencia de arraigo por la no dependencia económica de sus hijos menores, a pesar de que las actas de allanamiento demostraron la convivencia con su esposa e hijos. Además, determinó que el simple hecho de que un contrato laboral haya sido firmado después de iniciada la investigación penal no desvirtúa necesariamente su validez o la existencia de arraigo laboral.

La sala también cuestionó la motivación de la resolución que dispuso la prisión, por considerar que no se demostró que el acusado hubiera incurrido en actos que justificaran el cambio de medida; tampoco se procesaron adecuadamente los elementos probatorios sobre la actividad política o los contratos firmados por Vizcarra, lo que debilitó el argumento fiscal.
“Estamos muy contentos”
Mario Vizcarra, hermano de Martín Vizcarra, saludó la noticia. “Estamos muy contentos. Finalmente, la justicia hizo lo que corresponde, devolverle su libertad. Yo me acabo de enterar por los medios. He estado con él hasta las 3:50 nos despedimos con mucho optimismo y pasaron menos de 2:30 y ya teníamos esta grata noticia. Poco importa cómo me enteré, sino que se hizo justicia”, manifestó en entrevista con RPP.
Asimismo, aseguró que seguirán colaborando con la justicia y se mostró confiado de que pronto celebren “la decisión de declarar a Martín Vizcarra inocente” y los resultados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “que le devolverán sus derechos de participar en política”.
Al respecto, el penalista Julio Rodríguez manifestó que, si bien “es indiscutible el acervo probatorio contra el expresidente en las dos obras de cuando era gobernador de Moquegua”, el sustento sobre peligro procesal era muy débil. “Lamentablemente, no pueden acabar interpretando los arraigos de una manera subjetiva”, manifestó en diálogo con RPP.
Más Noticias
Cerca de 6 mil estudiantes se beneficiarán con modernización de colegio en Cusco
La iniciativa es desarrollada por la Universidad Tecnológica del Perú (UTP) en alianza con el Gobierno Regional del Cusco. El proyecto, realizado mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, contempla una inversión superior a los S/ 30 millones
TC anula el proceso concursal de Indecopi contra la Universidad Alas Peruanas
Magistrados salvan a la UAP porque, dicen, “presta el servicio de educación superior” pese a que Sunedu le denegó la licencia y cerró definitivamente en 2025

Celine Aguirre salió de La Granja VIP: actriz fue trasladada a clínica local
La hermana de Marisol llevaba una crisis de tos desde hace varios días por lo que su salud se vio resquebrajada

Trabajadores CAS a plazo determinado solo podrán renovar hasta por cinco años, luego será ‘nulo’
La nueva Ley de CAS con derechos que promulgará el Ejecutivo pronto detalla nuevo textos para los contratos a plazos determinados e indeterminados para los trabajadores del decreto legislativo 1057

Congreso firma autógrafa de ley de bono mensual vitalicio de 1.130 soles para veteranos de la lucha antiterrorista
Autógrafa ya fue remitida al presidente interino José María Balcázar para que la promulgue u observe


