
Hoy, viernes 29 de agosto de 2025, no será feriado nacional ni día no laborable en el Perú, según se desprende de una vigente normativa publicada en el diario El Peruano. La duda, muy extendida tanto en redes sociales como en sectores laborales, se resuelve gracias al Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM, herramienta legal que especifica claramente cuáles serán las jornadas libres para el sector público durante el presente año e inicios del siguiente.
La celebración de Santa Rosa de Lima cada 30 de agosto moviliza a gran parte de la población peruana por su significado religioso e histórico. Esta fecha representa la conmemoración de Isabel Flores de Oliva, reconocida como la primera santa sudamericana y símbolo de devoción católica en la región.
Según El Peruano, la normativa actual confirma que el 30 de agosto sigue registrado como feriado nacional, lo que da lugar a celebraciones familiares, procesiones y actos litúrgicos en diversas ciudades del país.

29 de agosto es laborable
En los últimos días, muchos trabajadores plantearon la hipótesis de un feriado extendido, apuntando a la posibilidad de que el viernes 29 de agosto de 2025 fuese declarado día no laborable.
El Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM, publicado por el Gobierno en el diario oficial El Peruano, descarta absolutamente esta opción. La norma, dirigida de manera específica a los empleados del sector público, detalla las fechas oficiales que serán consideradas días no laborables compensables durante el año 2025 y enero de 2026, y en el listado no aparece el viernes 29 de agosto.
La lista oficial de jornadas libres incluye el viernes 2 de mayo, lunes 29 de junio, viernes 26 de diciembre y lunes 5 de enero de 2026. Las disposiciones presentadas por el gobierno, bajo la firma de la presidenta Dina Boluarte Zegarra y refrendadas por altos funcionarios de las carteras de Comercio Exterior y Turismo y de Trabajo y Promoción del Empleo, mantienen el viernes 29 de agosto como una jornada laboral ordinaria, tanto para empleados públicos como privados.

¿Pago triple?
El feriado por Santa Rosa de Lima, de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), implica modificaciones en el pago para quienes laboren ese día en empresas privadas.
Los trabajadores que presten servicios el 30 de agosto, sin recibir descanso compensatorio, percibirán un pago triple. Esto se desglosa en la remuneración habitual por el día feriado, el pago correspondiente a la jornada efectuada y un monto adicional equivalente al 100 % de la remuneración diaria.
Por ejemplo, un empleado con sueldo de 1.025 soles mensuales tendrá derecho a 102,51 soles por esa jornada, siempre y cuando no se le otorgue un descanso sustituto. Según Sunafil, quienes reciban un día alternativo de descanso por laborar ese feriado no accederán al pago adicional triple.

Disposiciones y alcance
El alcance del Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM concentra su aplicación en el sector público, aunque suele marcar tendencias en el sector privado.
Según la publicación en El Peruano, la norma responde a la facultad del Ejecutivo para promover el turismo interno y regular el balance entre la vida personal y laboral de los servidores del Estado. El listado preciso de días no laborables no solo evita confusiones, sino que brinda certeza jurídica y administrativa a las entidades públicas y sus trabajadores.
Mientras el 30 de agosto, día de Santa Rosa de Lima, permanece como feriado nacional por mandato del Decreto Legislativo 713, no hay declaración expresa ni mención en la nueva norma sobre el viernes 29 de agosto. Por tanto, El Peruano aclara que esa fecha corresponde a un día laborable convencional.

Una figura central
La devoción popular a Santa Rosa de Lima tiene profundas raíces en la identidad histórica peruana. Nacida en la ciudad de Lima en 1586, destacó por su compromiso social, espiritualidad y obras de caridad, enfocadas en el cuidado de niños y enfermos.
Su canonización en 1671 impulsó su veneración en distintos países de América y Europa. La festividad, al margen de ajustes en el calendario laboral, se mantiene como punto de referencia para numerosos actos culturales, religiosos y sociales.
Feriados pendientes en 2025
El calendario de feriados nacionales aún reserva oportunidades para ampliar el tiempo libre en lo que resta del año. Los siguientes días serán feriados oficiales:
- Jueves 8 de octubre (Combate de Angamos)
- Sábado 1 de noviembre (Día de Todos los Santos)
- Lunes 8 y martes 9 de diciembre (Inmaculada Concepción y Batalla de Ayacucho)
- Jueves 25 de diciembre (Navidad).
- Adicionalmente, el viernes 26 de diciembre figura como día no laborable solo para el sector público.
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