MTC amplía plazo para el uso obligatorio de cascos y chalecos con placa en motociclistas: ¿cuál es la nueva fecha?

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones tenía previsto aplicar la nueva regulación desde agosto. Nuevo reglamento exige que el chaleco sea reflectante y muestre claramente el número de placa en la parte delantera y trasera

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Desde octubre. El MTC reforzará
Desde octubre. El MTC reforzará campañas de comunicación sobre los requisitos de seguridad para conductores de motocicletas.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó una prórroga clave para la entrada en vigencia obligatoria de las nuevas disposiciones sobre el uso de cascos de seguridad y chalecos reflectantes con placa para conductores y acompañantes de motocicletas en el país.

Según la nueva Resolución Directoral N° 0018-2025-MTC/18, el plazo de adecuación para cumplir con los nuevos requisitos técnicos pasa de 60 a 120 días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral N° 0012-2025-MTC/18, que ocurrió el 20 de junio de 2025. Así, la fiscalización y sanción por incumplimientos comenzaría el 18 de octubre de 2025.

Uso obligatorio de chalecos y cascos con placa: ¿A partir de cuándo?

La Resolución Directoral N° 0012-2025-MTC/18, emitida en junio pasado, derogó la anterior normativa (Resolución Directoral N° 008-2025-MTC/18) y actualizó el marco regulatorio sobre el uso de elementos de seguridad para motociclistas. Entre los aspectos más destacados figura que el uso del chaleco con número de placa será exigible únicamente en Lima y Callao, mientras que el uso de cascos es obligatorio en todo el territorio nacional.

El plazo de adecuación previsto originalmente era de 60 días calendario, durante el cual no se aplicaban sanciones por el incumplimiento en el uso de cascos o chalecos, permitiendo a los usuarios y comerciantes ajustar la oferta y demanda de productos homologados.

Motociclistas circulan por Lima utilizando
Motociclistas circulan por Lima utilizando chalecos reflectantes con la placa visible según exige la nueva disposición.

¿Cuál es el objetivo de la prórroga, luego de la presión ejercida por gremios automovilísticos y de motociclistas en junio pasado? Con la ampliación a 120 días, el MTC dice buscar un mayor margen para la transición, especialmente ante las particularidades de cada región y la necesidad de informar a los ciudadanos sobre los nuevos estándares.

Durante estos meses, el MTC pondrá énfasis en la difusión de los alcances del marco normativo, así como en la evaluación temprana de su impacto en la seguridad vial. La entrada en vigor de los controles está ahora programada para mediados de octubre. A partir de esa fecha, se iniciará la fiscalización y las sanciones para los infractores, de acuerdo con el régimen nacional y según la zona.

¿Qué características deben tener los cascos? Esto dice el MTC

El Anexo I de la Resolución Directoral N° 0012-2025-MTC/18 detalla rigurosamente las características mínimas exigidas para los cascos de seguridad destinados a motociclistas. Todo casco debe estar certificado bajo al menos una de las siguientes normativas internacionales vigentes: ECE R22 (22.05 o 22.06 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa), DOT FMVSS 218 (Estados Unidos), JIS T 8133:15 (Japón), NTC 4533 (Colombia), INEN 2669 (Ecuador), UNIT 650 (Uruguay), NTP 399.032 (Perú), o SNELL M2025R/M2025D (Snell Memorial Foundation).

Como componentes fundamentales, el casco debe poseer una coraza exterior dura, una almohadilla protectora para absorción de impactos, y un sistema de retención que asegure la sujeción a la cabeza del usuario.

Un conductor muestra el chaleco
Un conductor muestra el chaleco reflectante con la placa del vehículo, requisito exclusivo para Lima y Callao.

La protección debe cubrir áreas específicas según la certificación aplicable, garantizando máxima seguridad durante la circulación. Los cascos pueden incorporar otros elementos adicionales, como viseras, cubiertas faciales, orificios de ventilación y componentes opcionales, siempre que cumplan con la normativa técnica señalada.

En cuanto a la tipología, se admiten los cascos integrales, cross, modulares y abiertos. El modelo integral envuelve la cabeza y el rostro, y dispone de una barra fija para proteger el mentón y la mandíbula, además de permitir una óptima visión periférica y vertical. Los demás modelos también están permitidos, siempre que cumplan con los estándares homologados.

Motociclistas deberán usar chaleco reflectante en octubre, segpun MTC

Otro aspecto relevante de la nueva regulación es la precisión sobre el ámbito de exigencia del chaleco con número de placa, que queda restringido a Lima y Callao.

Esta disposición responde a estrategias de seguridad ciudadana y operativos diferenciados según las características de cada región. En el resto del país, el uso del chaleco reflectante sigue siendo una medida de prevención, pero sin la obligación del registro visible de la placa.

El distintivo de la placa,
El distintivo de la placa, impreso en chalecos reflectantes, facilita la labor de identificación y fiscalización en las vías. Crédito: MTC

De acuerdo con el MTC, ampliar el plazo de adecuación responde a la necesidad de generar las condiciones para que usuarios, comercios y autoridades puedan ajustarse a las nuevas directrices y para que la ciudadanía cuente con información suficiente antes del inicio de las sanciones.

Durante el nuevo plazo, la cartera del MTC supervisora coordinará campañas informativas y evaluará la respuesta del sector en relación a la disponibilidad y cumplimiento de los productos certificados, según el documento oficial publicado esta mañana en el Diario Oficial El Peruano.

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