
El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Nasca, en la región Ica, logró que el Poder Judicial sentenciara a casi cuatro años de prisión efectiva a Maikol Licas, por el presunto delito de disturbios al orden público, luego de encontrarlo responsable de los bloqueos de carreteras generados durante la semana pasada, a propósito del paro de mineros informales en varias regiones del país.
Durante una sentencia realizada este martes 15 de julio, el Ministerio Público presentó las pruebas que sustentaron su pedido en donde reveló que más de cincuenta manifestantes, entre los que se encontraba el acusado, bloquearon la carretera vía interoceánica que conecta Nasca con Puquio, en Ayacucho; y, además, lanzaron piedras y otros objetos al personal de la Dirección Nacional de Operaciones Especiales (Dinoes) de la Policía Nacional del Perú (PNP).
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Según la sustentación de la fiscal adjunta provincial Mercedes Paola Sáenz Venero, los manifestantes, que estaban ubicados en un cerro aledaño a la base policial del Área de Investigación Criminal de la PNP, atacaron a los agentes; los mismos que lograron identificar e intervenir al sentenciado.
Casi cuatro años y reparación civil

Tras la detención de Maikol Licas, se realizaron diligencias preliminares. Fue en ese procedimiento que el sentenciado se acogió al mecanismo legal de la terminación anticipada y fue condenado a tres años y ocho meses de prisión efectiva. Sin embargo, eso no fue todo.
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El Poder Judicial le impuso el pago de una multa total a 125.64 días multa, que equivale a S/ 1182.27 y el pago de una reparación civil de S/ 10,000. Cabe precisar que la fiscal adjunta precisó que los accionares Licas y los demás protestantes reflejan actos que alteran el orden público y la seguridad ciudadana.
¿Cuántos años de cárcel por bloquear carreteras en Perú?
“El artículo 283 del Código Penal tipifica como delito el entorpecimiento de los servicios públicos, incluidos el transporte y las telecomunicaciones. Esta infracción puede ser castigada con hasta 6 años de prisión, y la pena puede aumentar a 10 años si existen agravantes, como el uso de violencia o amenazas.”
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Con esta disposición legal, el Estado busca responder a la reciente ola de bloqueos de carreteras protagonizada por mineros informales en varias regiones del país. Desde hace más de una semana, numerosos tramos viales en Arequipa, Ica, La Libertad y Cusco permanecen obstruidos por manifestantes que exigen la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y la aprobación de la rechazada Ley MAPE.
El Ministerio de Justicia ha recordado que, aunque la protesta constituye un derecho protegido por la Constitución, este no ampara acciones que afecten la propiedad pública o privada ni el libre tránsito. En caso de bloqueos violentos o daños a la infraestructura nacional, los responsables podrían enfrentar hasta 15 años de cárcel, conforme a lo establecido en el Código Penal. La cartera también advirtió que interrumpir el flujo vehicular vulnera derechos constitucionales, como el derecho al libre tránsito (artículo 2, numeral 11), y pone en riesgo la salud, la seguridad y la economía de la ciudadanía.
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Entre los efectos inmediatos de estas protestas, el Ejecutivo ha señalado la posible demora de ambulancias, la inasistencia de escolares a sus centros educativos y la paralización de actividades comerciales. Según el Gobierno, los principales perjudicados por estos bloqueos son personas ajenas al conflicto, lo que agrava la responsabilidad penal de quienes participan en estas acciones.
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