
Patricia Benavides, suspendida fiscal, presentó este jueves 26 de junio una demanda de hábeas corpus ante el Juzgado Constitucional de Turno de la Corte Superior de Justicia de Lima, argumentando una supuesta vulneración al debido proceso y falta de objetividad en las investigaciones que se llevan en su contra. El escrito, elaborado por el abogado Juan Peña, busca que Delia Espinoza se inhiba de toda investigación seguida contra Benavides y que se declaren nulas las actuaciones fiscales y judiciales desde el 13 de junio de 2025.
Entre ellas, la suspensión por 24 meses como fiscal suprema y fiscal de la Nación, ordenada por el juez supremo Segismundo León, en el marco de la investigación en su contra por presuntamente haber usado sus facultades para interferir y entorpecer pesquisas del caso Los Cuellos Blancos del Puerto, favoreciendo a José Luis Castillo Alva y sus allegados.
En el documento al que accedió Infobae Perú expone que la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público establecen que los fiscales deben actuar de oficio y con autonomía, sin ser influidos por criterios personales o intereses propios. Sin embargo, este principio se ve comprometido cuando una fiscal que tiene interés directo o que podría resultar beneficiada —en este caso Delia Espinoza— dirige investigaciones o formula denuncias en contra de quien considera su adversaria.

Asimismo, cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional, especialmente la sentencia del caso “Arsenio Oré Guardia”, que señala que un mismo fiscal no puede simultáneamente ser parte agraviada y responsable de la investigación del mismo hecho, ya que esto pregunta su imparcialidad. La ley peruana y los estándares internacionales demandan que la investigación del delito esté separada de cualquier conflicto de interés personal.
En ese sentido, la defensa de Benavides menciona que Espinoza fue parte de la convocatoria en la que se cuestionan los títulos académicos que permitieron a Benavides acceder al cargo de Fiscal Suprema. Por esta razón, cualquier investigación dirigida por Espinoza en este contexto estaría viciada de parcialidad.
Como parte de la justificación, el documento invoca normas de la Constitución Política del Estado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre para argumentar que la acción busca proteger derechos fundamentales, especialmente el derecho al debido proceso y el principio de objetividad fiscal, que se consideran esenciales para evitar restricciones indebidas a la libertad individual.
Asimismo, la demanda se ampara en los artículos 139 y 200 de la Constitución y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, además del Código Procesal Constitucional. Según la parte demandante, el hábeas corpus es procedente cuando una autoridad amenaza o vulnera la libertad individual y los derechos conexos, entre ellos el máximo estándar de objetividad e imparcialidad en la función fiscal.

Patricia Benavides apela suspensión
El documento se da horas después de formalizarse la apelación a la suspensión por 24 meses que le impuso el Poder Judicial en primera instancia, a fin de que el caso se eleve a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema y la medida sea revocada.
Así como en el hábeas corpus, la defensa de la exfiscal de la Nación cuestiona la competencia de Delia Espinoza para investigarla, argumentando conflicto de intereses debido a que uno de los hechos que se le atribuye a la presunta organización criminal de Benavides es haber influenciado ante laJNJpara que sea nombrada fiscal suprema.
“Curiosamente, la persona supuestamente perjudicada por la actuación de la organización criminal que supuestamente lidera nuestra defendida es - ¡Oh, casualidad! - la postulante Delia Milagros Espinoza Valenzuela, quien es - ¡Oh, casualidad! – la fiscal que conduce la investigación y requirió lasuspensión temporal de derechos de doña Liz Patricia Benavides Vargas“, se lee en el recurso de apelación.
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