
La congresista Diana Gonzales, de la bancada Avanza País, ingresó un proyecto de ley que pretende introducir en la legislación peruana la figura del “denunciante protegido” específicamente para casos de sicariato, extorsión y otros delitos graves vinculados a organizaciones criminales. Ello, a fin de proteger a quienes se atreven a denunciar delitos asociados al crimen organizado.
La propuesta surge en un contexto marcado por el repunte de la violencia y la sensación de inseguridad en todo el país. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la tasa de victimización urbana nacional alcanzó 27,7% en 2024, frente al 18,2% registrado en 2021. Los delitos de extorsión se multiplicaron de manera alarmante en los últimos años, impactando sobre todo a comerciantes, transportistas y empresarios, quienes suelen verse obligados a pagar “cuotas” bajo amenazas de daño físico o muerte.
Por su parte, el fenómeno del sicariato se consolidó como una forma sistemática de acción de mafias, con menores involucrados como autores materiales. En respuesta, el Estado declaró estados de emergencia en diversas zonas, desplegando militares para contener la criminalidad, aunque estas medidas se consideran transitorias y no abordan de raíz el problema.
¿Qué es el denunciante protegido?
La figura del denunciante protegido busca que cualquier ciudadano pueda aportar datos relevantes bajo la garantía de anonimato. De esta manera, la reserva de identidad se mantendría desde el primer minuto, incluso frente a los abogados y al propio imputado. Solo un juez podría permitir conocer la identidad, y solo por motivos muy justificados.
De esta manera, la propuesta establece dos vías para realizar la denuncia de forma protegida: acudir de manera presencial a fiscalías y comisarías habilitadas o hacer el trámite desde plataformas digitales. Si una evaluación de riesgo lo aconseja, la protección podrá incluir medidas extra, como ocultar datos durante el proceso penal o garantizar la ubicación segura del denunciante.
El proyecto parte del temor que las personas con información sobre crímenes como el sicariato pueden tener. Presentar una denuncia en la comisaría implica entregar datos como nombre, DNI y domicilio, los cuales en manos equivocadas pueden poner en peligro la vida, integridad y familia del denunciante.
A fin de que este mecanismo no se convierta en un canal para venganzas personales o acusaciones sin base, el texto incorpora varios filtros. Por ejemplo, que toda denuncia bajo la figura de denunciante protegido deberá ser revisada, como máximo, en cinco días hábiles. Si se detecta que una persona realiza denuncias falsas en más de tres oportunidades en un solo año, perderá la protección. Quien presente información falsa de forma deliberada podrá afrontar cargos penales por denuncia calumniosa, con sanciones más severas si la falsedad provoca detenciones, daños reputacionales o uso indebido de recursos policiales.

Cabe mencionar que la protección solo alcanzaría a denuncias relacionadas contra sicariato, extorsión o los delitos que abarca la Ley contra el Crimen Organizado. El texto expone que, de aprobarse, su ejecución no demandaría al Estado el desembolso de nuevos fondos, ya que utilizaría los recursos actuales de protección y asistencia a testigos.
¿Esta figura existe en otros países?
El esquema del denunciante protegido existe en otros países de la región y, de acuerdo al texto, ha dejado resultados positivos en la lucha contra mafias. En México y Colombia, quienes aportan información sobre narcotráfico, secuestro o extorsión pueden mantenerse en el anonimato y contar con respaldo estatal, lo que impulsó a más personas a perder el miedo y participar en la desarticulación de bandas criminales.
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