
A partir de hoy, lunes 26 de mayo de 2025, las personas naturales y las micro y pequeñas empresas deben cumplir con la presentación y pago de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
Según informó la SUNAT, el cronograma de vencimientos se extenderá hasta el 6 de junio, dependiendo del último dígito del documento de identidad o RUC del contribuyente. No se contemplan prórrogas para este trámite, como ha ocurrido en años anteriores.
Inicia plazo para la Declaración Anual de Renta 2024
De acuerdo con la SUNAT, más de 840.000 personas naturales sin negocio están obligadas a presentar esta declaración. Hasta la fecha, más de 530.000 contribuyentes ya han cumplido con esta obligación utilizando el Formulario Virtual N.º 709, disponible tanto en la aplicación móvil APP Personas como en la plataforma SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
En el caso de las micro y pequeñas empresas, la obligación recae sobre aquellas que pertenezcan al Régimen General o al Régimen Mype Tributario (RMT) y cuyas ventas anuales no superen las 1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
El proceso de declaración también incluye facilidades para los contribuyentes. En caso de que se determine un saldo a favor, estos pueden registrar o actualizar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) en el mismo momento de la declaración, lo que permite que la devolución sea abonada directamente en su cuenta bancaria. Por otro lado, quienes tengan un importe a pagar pueden solicitar el fraccionamiento y/o aplazamiento de su deuda.

SUNAT: más de 840.000 personas deben declarar renta 2024
Entre los contribuyentes obligados a presentar la Declaración de Renta 2024 se encuentran aquellos que hayan percibido Rentas de Quinta Categoría y deduzcan gastos por arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles. También deben declarar los trabajadores que perciban Rentas de Cuarta Categoría (independientes) y/o Quinta Categoría, así como aquellos con Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor.
Además, están incluidos quienes atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos, quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda o del Trabajo, y quienes arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores aplicados contra el impuesto o los pagos a cuenta.

SUNAT: plazo para declarar renta 2024 cierra el 6 de junio
El proceso permite restar algunos porcentajes por alquiler, servicios educativos, aportaciones a ESSALUD y otros. Los gastos adicionales deducibles para las Rentas de Trabajo incluyen un 30% por arrendamiento o subarrendamiento, un 30% por servicios profesionales, artísticos, científicos u oficios, un 100% por aportaciones a ESSALUD de trabajadores del hogar, un 15% por consumos en hoteles y restaurantes, y un 30% por servicios médicos y odontológicos de cuarta categoría. Existen requisitos adicionales para tomar la deducición, como que debe ser respaldada en factura electrónica.
El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones económicas. Según la normativa vigente, no presentar la declaración puede resultar en una multa equivalente al 50% de la UIT. En caso de no pagar el impuesto correspondiente, la multa será del 50% del monto adeudado. La SUNAT enfatizó la importancia de cumplir con esta responsabilidad tributaria como una contribución al desarrollo del país.

Cuidado con la “gradualidad” por omitir rentas ante la SUNAT
¿Y qué pasa cuando se subsana la omisión de impuestos de forma voluntaria? En esos casos, se aplica la denominada “gradualidad” para las sanciones, pero con ciertas limitantes. Veamos: si bien el régimen de gradualidad permite, en muchos casos, la reducción del 100% de la multa cuando el contribuyente subsana voluntariamente, ello no se aplica de forma uniforme ni automática.
En particular, no hay reducción total en casos de pago extemporáneo del impuesto omitido ni cuando la declaración anual de personas naturales se presenta fuera de plazo. Esto contradice el principio de razonabilidad y desincentiva el cumplimiento espontáneo, cuando en realidad debería premiarse —sin sanción alguna— toda subsanación voluntaria realizada antes de cualquier intervención de la SUNAT.

Multas de hasta el 50% de la UIT por no declarar impuestos
El cronograma de vencimientos se organiza según el último dígito del documento de identidad o RUC del contribuyente. Aquellos que no posean RUC deberán guiarse por el número de su DNI o carné de extranjería. Las rentas de capital ya han sido retribuidas mensualmente, por lo que la declaración se centra en las Rentas de Trabajo y las Rentas de Fuente Extranjera.
Finalmente, vale mencionar que este proceso no solo es una obligación legal, sino también una forma de aportar al bienestar colectivo. Con más de medio millón de declaraciones ya presentadas, se espera que el resto de los contribuyentes cumplan con este trámite dentro del plazo establecido.
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