
El congresista y líder de Podemos Perú, José Luna Gálvez, solicitó al Poder Judicial que ordenó la ejecución anticipada de la sentencia a su favor que anula tres investigaciones fiscales en trámite. El fallo emitido por el juez constitucional Juan Carlos Núñez Matos fue revelado por Punto Final.
El fallo de dicho magistrado deja sin efecto las investigaciones contra Luna Gálvez por:
- Transferir S/180 mil a la cuenta del fallecido Luis Castañeda Lossio, entre el 2013 y 2015, dinero que habría tenido como origen la trama de corrupción del caso Lava Jato
- Transferir desde la Universidad Telesup 912.000 soles al hoy detenido en Roma Iván Noguera, en los años en los que este se desempañaba como consejero del hoy desactivado Consejo Nacional de la Magistratura
- Por ser el presunto líder de la organización criminal “Los Gánster de la política”. Según la Fiscalía, Esta organización captó a tres miembros del Consejo Nacional de la Magistratura para que elijan a un jefe de la ONPE que facilite la inscripción del partido Podemos y lo favorezca en las elecciones presidenciales
Pues bien, tras obtener este fallo favorable en primera instancia, el congresista José Luna Gálvez pidió la ejecución inmediata a fin de que se anulen las investigaciones y la Fiscalía inicie el trámite ante el Congreso para que se le levante el antejuicio. Todo ello sin tener que esperar la confirmación de la sentencia en segunda instancia.

Pedido rechazado
Pese que le dio la razón al parlamentario, el juez constitucional Juan Carlos Núñez Matos no accedió a la pretensión de Luna Gálvez de ejecutar inmediatamente el fallo sin tener que esperar la decisión de segunda instancia.
El magistrado reconoce que si se ejecuta anticipadamente su decisión y esta luego no es confirmada por la Sala Superior, "podría conllevar a que se afecte la investigación fiscal" toda vez que “se anularían los actos procesales realizados por el Ministerio Público en dichas carpetas fiscales”.
El juez concluye entonces que la decisión acorde a los intereses de Luna Gálvez solo tiene que ser ejecutada si es que es ratificada por la Sala Superior. De ejecutarse antes, dice, se haría un daño “irreparable” a la investigación.
“Haciéndose una ponderación de derechos, resulta evidente que en el caso submateria, de dictarse una medida de esta naturaleza (ejecución anticipada), se transgredirían los presupuestos procesales para los cuales fue creada esta institución procesal constitucional, siendo necesario por tanto que, para que se surtan los efectos de la misma, se pondere la institución de la pluralidad de la instancia, siendo que, la Sala Superior con un mayor y ponderado criterio evalúe la decisión adoptada por esta judicatura para procederse en definitiva a su ejecución en caso de ser confirmada la misma”, dijo.

¿Qué dice el fallo a favor de José Luna Gálvez?
El juez declara fundada la demanda de habeas corpus y anula las investigaciones contra José Luna Gálvez porque, afirma, el Ministerio Público no respetó el procedimiento de antejuicio político.
Luna Gálvez, quien cuenta con esta protección desde el 2000, goza de la prerrogativa de antejuicio, que exige que cualquier investigación penal en su contra, por delitos cometidos durante su mandato y hasta cinco años después, debe ser precedida por un procedimiento en el Congreso para determinar la verosimilitud de los hechos y autorizar la denuncia penal.
El magistrado sostiene que las denuncias debieron ser formuladas por el Fiscal de la Nación ante la Corte Suprema, no por fiscales provinciales.
De ratificarse este fallo, las investigaciones contra José Luna se anularán definitivamente y la Fiscalía deberá presentar la denuncia constitucional ante el Congreso para que este evalúe si corresponde levantar el antejuicio del parlamentario para que sea procesado penalmente.
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