El Poder Judicial evaluó este jueves 27 de marzo la apelación del fiscal José Domingo Pérez con la que pide revocar la decisión que anuló el juicio oral contra la tres veces excandidata presidencial Keiko Fujimori y miembros de la cúpula fujimorista por lavado de activos, organización criminal y otros delitos.
Luego de escuchar ambas partes por aproximadamente tres horas, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional dejó al voto la apelación contra la decisión judicial sobre el Caso Cocteles, relacionado con los presuntos aportes ilícitos recibidos por la lideresa de Fuerza Popular durante las campañas electorales de 2011 y 2016.
En enero de este año, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, con voto de los jueces Juana Caballero y Max Vengoa, extendió los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional en el caso del exdirigente fujimorista José Chlimper a favor de todos los acusados.
“Conociendo ya la línea jurisprudencial del TC, y al haberse advertido vicios insalvables, procesales y constitucionales en este juicio oral corresponde declarar nulo el juicio oral y las audiencias sucesivas efectuadas, remitiéndolas al Juzgado de Investigación Preparatoria”, señaló Caballero García.

Se dispuso que el proceso regrese al Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional para que la acusación de la Fiscalía pase nuevamente por la etapa intermedia (control de acusación).
Solo la jueza Nayko Coronado votó por rechazar los pedidos de los acusados y que el juicio continúe con la citación de los testigos. Antes de que se declarara nulo el juicio oral, se tenía previsto que sea citado a declarar Dionisio Romero Paoletti, ex presidente de Credicorp y del Banco de Crédito del Perú (BCP).
En su voto, Coronado aseveró que “no existe un mandato jurisdiccional de una Sala Penal Superior, de una Sala de la Corte Suprema, del Tribunal Constitucional o de algún Tribunal Supranacional” que ordene la suspensión o interrupción del juicio oral, por lo que considera se está vulnerando el debido proceso.
La audiencia de apelación estará a cargo de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, integrada por los jueces superiores César Sahuanay, Rafael Sologuren y Edgar Medina.
El colegiado deberá decidir si el juicio oral efectivamente tiene que ser anulado y regresar a la etapa intermedia, o debe continuar. La decisión que tomen podría ser impugnada vía casación, escenario en el que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvería la controversia en última instancia.

Fuerza Popular en la mira
La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, ha dispuesto el inicio de diligencias para determinar si esta organización política debe ser declarada ilegal debido a presuntas conductas contrarias al sistema democrático entre 2011 y 2021.
La denuncia que dio pie a esta investigación fue presentada por Beatriz Adelo Cano Bernales, una ciudadana que señala tres episodios específicos como pruebas de las irregularidades cometidas por el partido liderado por Fujimori. El caso ha sido asignado al fiscal adjunto supremo provisional Dante Emel Pimentel Cruzado, quien será el encargado de dirigir las indagaciones.
La denuncia presentada por Cano Bernales detalla eventos que, según ella, evidencian la actuación antidemocrática de Fuerza Popular. El primero de ellos es el denominado ‘Caso Cocteles’, relacionado con presuntos aportes irregulares de dinero durante la campaña presidencial de Keiko Fujimori en 2011.
El segundo episodio señalado en la denuncia es el caso conocido como los ‘Mamanivideos’, que involucra al excongresista Kenji Fujimori. Este caso se centra en la presunta oferta de obras públicas a cambio de apoyo político, un hecho que generó un fuerte escándalo en su momento y que puso en entredicho la transparencia de las prácticas políticas del partido. Por este hecho, el hermano de Keiko Fujimori fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión; sin embargo, la pena se suspendió debido a un decreto legislativo emitido por el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte.
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