
La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 de Indecopi ha admitido una denuncia contra el Banco Internacional del Perú S.A.A. (Interbank), presentada por el Instituto del Derecho Ordenador del Mercado (IDOM), una organización en defensa de los consumidores.
La denuncia, presentada el 30 de octubre y completada el 7 de noviembre, acusa al banco de posibles vulneraciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor, relacionadas con fallas en su sistema operativo y la exposición indebida de información personal de sus clientes.
Ante esto, Indecopi ha solicitado a Interbank, en un plazo de cinco días hábiles, un informe detallado sobre las medidas implementadas para reducir los perjuicios, los protocolos de seguridad aplicados y las estrategias de comunicación dirigidas a sus usuarios.
Infobae Perú se contactó con Interbank para conocer su posición sobre esta querella. El banco aseguró que todavía no ha sido notificado de esta admisión de denuncia y mencionó que, una vez salga una resolución del caso, emitirá un comunicado. Cabe recalcar que, el hecho de que se admita la denuncia en Indecopi no significa que el banco haya sido o vaya a ser sancionado.
¿En qué se basa la denuncia de IDOM en contra de Interbank?
El abogado de IDOM, Dr. Paul Castro, miembro del CONACUP, explicó que la denuncia se sustenta en los siguientes puntos:
- Problemas operativos: El 30 de octubre, desde las 9:30 horas, los clientes de Interbank enfrentaron dificultades para acceder a sus cuentas mediante plataformas digitales como la banca por internet, la aplicación móvil y billeteras virtuales como Plin. Esta situación impidió a los usuarios realizar transacciones importantes.
- Compromiso de datos personales: El banco reconoció que, durante el mismo incidente, ocurrió una vulneración en sus sistemas de seguridad informática, lo que facilitó accesos no autorizados a información confidencial de los clientes.
- Falta de comunicación efectiva: Según lo expuesto en la denuncia, la entidad financiera no proporcionó a los usuarios información clara y a tiempo sobre alternativas para acceder a los servicios afectados.
El representante legal de IDOM indicó que estos hechos podrían constituir infracciones al deber de cumplir con servicios adecuados y al derecho de los consumidores a recibir información clara, suficiente y oportuna, tal como lo establecen los artículos 18°, 19° y 2° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

¿De cuánto sería la sanción a Interbank si Indecopi le da la razón al IDOM?
El representante legal de IDOM sostiene que los hechos denunciados podrían constituir incumplimientos al deber de ofrecer un servicio adecuado y al derecho de los consumidores a obtener información precisa, completa y oportuna, conforme a lo estipulado en los artículos 18°, 19° y 2° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Si el Indecopi le da la razón al IDOM, la Comisión tiene la facultad de analizar posibles sanciones que podrían alcanzar hasta 450 UIT, equivalente a S/ 2.317.500, además de ordenar medidas correctivas si se comprueban las faltas, con el objetivo de proteger los derechos de los consumidores y asegurar la integridad de sus datos personales.
¿Por qué se cayeron los servicios de Interbank?
En una reunión llevada a cabo el martes 5 de noviembre, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso citó a representantes de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Indecopi y la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales para abordar la situación relacionada con la filtración de información personal en Interbank.
Durante la sesión, Zelma Acosta-Rubio, vicepresidenta de Asuntos Corporativos y Legales de la entidad financiera, explicó las razones por las cuales los servicios del banco y la plataforma Plin estuvieron inoperativos el 30 de octubre.
Asimismo, la vocera de Interbank ante la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso profundizó en el asunto y detalló las razones por las cuales los inconvenientes continuaron el jueves 31 de octubre.

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