
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un recurso que brinda seguridad financiera a los trabajadores del sector privado en Perú. Este beneficio funciona como un ahorro destinado a brindar apoyo económico en caso de perder el empleo, facilitando que el trabajador y su familia puedan cubrir gastos básicos durante el tiempo de búsqueda de una nueva ocupación. Aunque por lo general este fondo se mantiene en reserva, actualmente es posible retirarlo.
Al gestionar la cuenta CTS en entidades financieras, los trabajadores pueden encontrar dos conceptos que a menudo generan confusión: el saldo contable y el saldo disponible. Ambos términos reflejan el dinero que se mueve dentro de la propia cuenta, aunque solo uno es accesible para retiro inmediato.
Diferencias entre saldo contable y saldo disponible
El saldo contable de la Compensación por Tiempo de Servicios es el monto total acumulado en la cuenta CTS del trabajador, incluyendo tanto los depósitos realizados por el empleador como los intereses generados hasta la fecha. Este dinero refleja el capital registrado en la cuenta, sin estar disponible para un retiro inmediato.
Básicamente, el saldo contable muestra la cifra total de la CTS, contemplando tanto los fondos que se pueden acceder como aquellos que pueden estar sujetos a retenciones o revisiones.
Por otro lado, el saldo disponible de la CTS es el monto que el trabajador puede retirar de inmediato. Este dinero incluye únicamente los fondos accesibles y deja fuera cualquier depósito en proceso o sujeto a verificación.
Así, el saldo disponible representa la cantidad de dinero a la que el trabajador puede acceder sin restricciones en un momento dado.

¿Cómo calcular CTS 2024?
La CTS se determina sumando el salario mensual del trabajador con un sexto de su última gratificación, luego multiplicando el resultado por los meses trabajados y dividiéndolo entre los 360 días del año.
Por ejemplo, para un salario de S/ 1.025, un sexto de la gratificación es aproximadamente S/ 170,83. Sumando esta cifra al sueldo, obtenemos un total de S/ 1.195,83. Este monto, dividido entre 360 días, da un valor diario de S/ 3,32175. Al multiplicar este factor por 180 días (o seis meses de trabajo), se obtiene un valor de CTS aproximado de S/ 597,92.

¿Hasta cuándo se puede retirar la CTS?
Para este segundo depósito de CTS, correspondiente a noviembre, se consideran los meses de mayo a octubre. Las empresas tienen plazo hasta el 15 de noviembre para realizar el depósito. De no hacerlo, se les aplicaría una multa.
El plazo máximo para retirar la CTS es el 31 de diciembre. Aunque se han discutido prórrogas hasta 2025 o 2026, el retiro está permitido solo hasta fin de año bajo la normativa vigente.
Si no hay cambios en la ley, a partir del 1 de enero de 2025 en adelante, la CTS volvería a funcionar como un fondo intocable, destinado a ser un ahorro para el trabajador en caso de despido o desvinculación laboral. Por lo que, una vez arranque el próximo año, los trabajadores podrán retirar los fondos únicamente si se encuentran en situación de desempleo.

¿La CTS puede ser embargada?
Los fondos de CTS pueden ser embargados hasta un 50% en caso de que el trabajador tenga deudas por pensión alimenticia.
Dado que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco seleccionado por el trabajador, aunque exista un embargo judicial por deudas alimentarias, la empresa está obligada a informar al juez que el depósito se realizó conforme a la normativa. En ese caso, cualquier solicitud de embargo deberá dirigirse directamente al banco donde se encuentra el dinero.
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