
Gracias al Convenio Colectivo Centralizado, los trabajadores del sector público gozan desde el 1 enero del 2024 un aumento en sus remuneraciones. De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los beneficiarios del incremento mensual de la remuneración son servidores, directivos y funcionarios pertenecientes a los regímenes laborales N° 728, N° 1057 y de las leyes N° 30057, N° 29709 y N° 28091.
En el Convenio de Negociación Colectiva, aprobada a mediados de año 2023, se acordó una mejora salarial para los más de 540.000 empleados públicos. Por ello, el pliego remunerativo fue incluido en el Presupuesto Público 2024 del Poder Ejecutivo para que el pago sea asignado este año.
Negociación colectiva: segundo aumento salarial completa lo acordado
El aumento de sueldo a 540.000 trabajadores del sector público asciende a S/100, sin embargo tal como se acordó, la implementación será en dos etapas. El primer incremento es de S/ 50, que comenzó a regir desde enero de 2024, mientras que la segunda alza del sueldo de S/ 50, entrará en vigencia a partir de 31 de diciembre de 2024.
De esta manera, se completaría el alza de S/100 acordado entre el Gobierno y los representantes de los trabajadores públicos. Este monto también está contemplado en el presupuesto público 2024.

A modo de ejemplo, si un trabajador público percibe actualmente S/1.100, desde enero del 2024, cobrará un sueldo de S/1.150, y a partir de diciembre del 2024 empezará a ganar S/1.200.
José Sandoval, vocero del Frente de Trabajadores Estatales del Perú (FTEP), señaló que a pesar de que se dispuso que el segundo aumento se concrete el 31 de diciembre, el Gobierno se comprometió a que el incremento salarial estará incluido en la planilla de diciembre.
Aumento de sueldo: ¿Qué trabajadores del sector público son beneficiados?
El incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos Legislativos N° 728, N° 1057 (CAS) y Leyes N° 30057 (Servicio Civil), N° 29709 (Carrera Especial Pública Penitenciaria) y N° 28091 (diplomáticos), aprobado en este decreto supremo, constituye un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorpora en la planilla de pagos.
El incremento mensual constituye base de cálculo para los beneficios laborales, para los servidores, directivos y funcionarios, según corresponda; de acuerdo a lo siguiente:
- En el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, el incremento mensual es base de cálculo para las gratificaciones por fiestas patrias y por navidad; bonificación extraordinaria de julio y diciembre; y, la compensación por tiempo de servicios.
- En el régimen laboral de la Ley N° 30057, el incremento mensual se incorpora a los aguinaldos por fiestas patrias y por navidad; y, a la compensación por tiempo de servicios.
- En el régimen laboral de la Ley N° 29709, el incremento se incorpora a los aguinaldos por fiestas patrias y por navidad, y, a la compensación por tiempo de servicios al concluir la relación laboral.
- En el régimen laboral de la Ley N° 28091, el incremento se incorpora a los aguinaldos por fiestas patrias y por navidad, y, a la compensación por tiempo de servicios al cese en el servicio diplomático.

Requisitos para recibir el aumento de sueldo al sector público
Para el otorgamiento del incremento mensual aprobado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se observan las siguientes condiciones:
- En las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales, los servidores beneficiarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.
- El ingreso mensual total del servidor, directivos y funcionarios no debe superar el monto de S/15.600 de conformidad con el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006.

Negociación colectiva en beneficio de trabajadores públicos
Conforme a la legislación de negociación colectiva en el sector público, es obligatorio llevar a cabo anualmente las discusiones sobre mejoras económicas y no económicas en el sector estatal.
En este contexto, diversos sindicatos del sector público ya presentaron al Gobierno sus demandas para iniciar las conversaciones sobre los nuevos ajustes que regirán a partir del año 2025.
Antes de este proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe divulgar el Informe Final del Estado Situacional de la Administración Financiera del Sector Público, que incluirá el espacio fiscal disponible para la negociación colectiva.
Bono de 600 soles benefició a trabajadores estatales
Tras varios meses de demora, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó en noviembre del 2023, la entrega de S/ 346 millones con cargo a la Reserva de Contingencia para destinarse al pago del bono excepcional de S/ 600 en beneficio de más de 560.000 trabajadores del sector público. Ello se logró gracias al convenio colectivo centralizado acordado entre el Gobierno y las centrales sindicales más representativas del país.

Convocan a marcha para exigir aumento del sueldo mínimo en Perú
Como una medida de lucha, la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) anunció una marcha nacional para exigirle al Gobierno un aumento de la Remuneración Mínima Vital (RMV), fijada en la actualidad en S/1.025. La última vez que el salario mínimo se actualizó fue en mayo del 2022.
La movilización se realizará el miércoles 21 de febrero en todo el país y para ello demandan además del incremento del salario básico, otras medidas relacionadas a la ley sindical, respeto a la democracia y a la negociación colectiva.
En esa misma línea, la central de jubilados del Perú también alista una huelga nacional de hambre para exigir el aumento general de las pensiones, ante las infructuosas promesas de parte del Gobierno. La pensión mínima en la ONP se sitúa en S/500.
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