Congreso: opositores a la JNJ justifican remoción de sus miembros, dicen que ‘tienen competencia’ para hacerlo

Para Alejandro Muñante y Jorge Montoya, la justificación de ‘falta grave’ que se le imputa a la JNJ recae en que ellos, como congresistas, tienen la capacidad de decidir que es grave y aclaran que el pedido es una medida de control político

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Jorge Montoya y Alejandro Muñante,
Jorge Montoya y Alejandro Muñante, los congresistas que presentaron el pedido para remover a la JNJ de manera inmediata. Composición Infobae.

Los congresistas de la bancada de Renovación Popular, Jorge Montoya y Alejandro Muñante presentaron el último miércoles 3 de enero ante el presidente del Congreso, Alejandro Soto, las precisiones que les fueron requeridas para justificar que los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) habrían incurrido en una “falta grave”. Como se sabe, esta justificación fue solicitada inicialmente por los siete integrantes del órgano que nombra a jueces y fiscales.

En el marco del proceso disciplinario que generó la suspensión de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, a raíz de las revelaciones del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFFICOP), un par de congresistas, ambos de la bancada celeste, impulsaron una moción para remover a la JNJ de manera inmediata por ‘falta grave’. Ante este requerimiento, los miembros de la JNJ hicieron llegar a la Mesa Directiva del Congreso un requerimiento en el que pedían que los legisladores detallen a qué supuestos ellos consideraban “una falta grave”.

La respuesta llegó esta semana, cuando, por medio de un pronunciamiento en redes sociales, Alejandro Muñante publicó incómodo la sustentación firmada por él y por Jorge Montoya en la que respondía a la solicitud hecha por el pleno de la JNJ por medio de la Mesa Directiva. “En un hecho sin precedentes, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, nos pide precisar las causas que motivaron nuestra moción”, cuestionó el legislador.

Documento enviado por Muñante y
Documento enviado por Muñante y Montoya al presidente de la Mesa Directiva del Congreso. Legisladores sustentan pedido de remoción de la JNJ. Composición Infobae

El “conflicto de intereses” de la JNJ ante Patricia Benavides

Pese a su incomodidad, los legisladores cumplieron con presentar las justificaciones para la cuestionada solicitud, por la que incluso llamó la atención la extraña urgencia con la que ambos insistían en que esta fuera vista antes del cierre de la legislatura. Montoya y Muñante alegaron que el pedido de remoción inmediata se sustentó en un ‘conflicto de intereses’ en el que habrían incurrido los miembros de la JNJ al no haberse inhibido por estar siendo investigados por la misma Patricia Benavides.

Sin embargo, el documento contiene también la exposición de motivos para calificar como ‘causa grave’ las acciones de la JNJ. En dicho apartado, los legisladores se basan en un antecedente recaído en la Comisión de Justicia en el marco del caso de los audios del Consejo Nacional de la Magistratura. Bajo este antecedente, los legisladores detallaron que “una causa grave es un hecho o suceso fáctico, que, sin ser delito ni infracción Constitucional, es valorado por la autoridad competente como altamente reprochable para la función ética y dignidad del cargo”.

Una ‘causa grave’ que el mismo Congreso decide si definir como la misma

En ese sentido, tanto Muñante como Montoya aseveraron que esta acción de determinación de una causa grave “se rige por la discrecionalidad legal, por lo que la sanción se aplica conforme a la valoración que realice el órgano facultado” y que, bajo esa función “la discrecionalidad legal del parlamento, se sustenta en que el Congreso es el órgano de competencia legitimado a evaluar si los hechos constituyen falta grave”.

Antonio Humberto de la Haza
Antonio Humberto de la Haza Barrantes: Perfil y hoja de vida del nuevo presidente de la Junta Nacional de Justicia|Andina

Esto quiere decir que los legisladores sustentaron la presunta idea de que la JNJ había cometido una ‘falta grave’ basándose en su ‘discrecionalidad legal del parlamento’ alegando que este es el órgano de competencia legitimado. Para justificar ello, los congresistas de Renovación Popular citaron a la ley orgánica de la Junta Nacional de Justicia en la que se detalla que “los miembros de la Junta Nacional de Justicia pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso”.

Asimismo, ambos legisladores insistieron en que esta remoción de carácter inmediato podría darse sin ningún impedimento, pues “se trata de una valoración efectuada con razones políticas y no con método jurídico”. En ese sentido, reiteraron que “la moción que acuerda la remoción no tiene la naturaleza de un procedimiento judicial o jurídico, sino de control político”.

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