
La Ley “del Principio de Inocencia Fiscal” que sancionó el Senado de la Nación trasluce un cambio de paradigma en la relación Fisco-Contribuyente y el fin del Panoptismo Fiscal, el Estado controlador que vigila en forma permanente y se mete en la intimidad del Contribuyente, presumiendo que está ante un evasor.
Cuenta la leyenda que Panoptes es el segundo nombre de un monstruo de la mitología griega llamado Argos Panoptes. Se lo llamaba así por los cien ojos que tenía en su cabeza y a lo largo de todo su cuerpo, que le permitían verlo todo y a toda hora.
Más cercanos en el tiempo la historia nos lleva a un diseño arquitectónico ideado por el británico Jeremy Bentham a fines del siglo XVIII para una prisión, que también se ha convertido en una metáfora del control social y vigilancia. El panóptico consiste en una estructura circular con celdas dispuestas alrededor de la torre central de vigilancia, desde donde un guardia puede observar a todos los prisioneros durante día y noche, sin ser visto.
La relación Fisco-Contribuyente fue más una relación de poder que de derecho
Durante las últimas décadas bien que puede hacerse una similitud entre ese guardia que desde el Panóptico todo lo ve y a toda hora, con el ARCA que, como Argos Panoptes, podía mirarlo todo durante todo el tiempo.
La relación Fisco-Contribuyente fue más una relación de poder que de derecho. El Fisco conoce en detalle la intimidad del contribuyente y aplica las presunciones que contiene la Ley de Procedimiento Tributario para presumir que está ante alguien que infringió la ley y no tributó en forma correcta, salvo prueba en contrario que debe acreditar el contribuyente.
La Ley sancionada, entre otras cosas, crea el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, que garantiza al contribuyente el derecho a no presentar información sobre sus consumos y variaciones patrimoniales, y solo declarar en base a su facturación y gastos deducibles. Además, le otorga un “tapón fiscal” para los períodos anteriores no prescriptos si ARCA no objeta su declaración y limita el uso de las presunciones que establece la Ley de Procedimiento Tributario.
La Ley sancionada garantiza el derecho a no presentar información sobre consumos y variaciones patrimoniales, y solo declarar en base a facturación y gastos deducibles
Por ello, cuando se analizan las medidas implementadas por ARCA en el mes de mayo pasado, eliminando varios regímenes de información y actualizando los umbrales a partir de los cuales corresponde cumplir con otros, y esta nueva ley que sancionó el Senado, se vislumbra que estaríamos ante una transición desde un sistema de Panoptismo Fiscal, donde cada movimiento quedaba registrado, hacia una lógica de francotirador en la cual se selecciona con mayor precisión quiénes son realmente los contribuyentes de interés para la Administración Tributaria.
Con el nuevo Régimen que está naciendo, da la sensación que cambia el preconcepto del Fisco hacia el contribuyente. Este ya no es tratado como un evasor. ARCA sale del panóptico desde el cual controla todos y cada uno de los movimientos del contribuyente, sus gastos personales, sus consumos, sus preferencias, todos los datos de su intimidad económica que históricamente monitoreaba con minuciosidad.
Y, a quienes adhieran al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, les da un voto de confianza y los alienta a invertir sus dólares no declarados sin consecuencias tributarias.
Para estos últimos se vislumbra un cambio que busca dejar de lado el principio de culpabilidad con que se viene tratando a todos los contribuyentes hace años, para pasar al principio de inocencia, en el cual el ciudadano es inocente hasta que ARCA demuestre lo contrario.
En síntesis, se reafirma el fin del Panoptismo Fiscal y la preeminencia del principio de inocencia de aquellos que adhieran al Régimen de Declarada Jurada Simplificada, lo que sin duda implica una mejora en la relación Fisco-Contribuyente.
El autor es CEO de Lisicki Litvin & Abelovich
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