
En tiempo de la crisis sanitaria, las provincias se vieron muy afectadas como consecuencia de la baja que tuvieron sus ingresos en concepto de tributos. Esto sin considerar el porcentaje que les corresponde por la Ley de Coparticipación.
Por tal motivo, las administraciones tributarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires otorgan diferentes beneficios que les permiten a pyme, comercios y demás contribuyentes regularizar sus deudas en los diferentes impuestos.
En el caso de CABA, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ofrece la posibilidad de incluir en plan de pago deudas cuyos vencimientos hayan sido anteriores al 1 de agosto 2022; correspondientes al Impuesto de Sello, Ingresos Brutos, ABL, Patentes, Contribución por Publicidad; gravámenes por uso, ocupación y trabajos en el espacio público (superficie, subsuelo y espacio aéreo). Además, se podrá incluir planes caducos a la misma fecha.
Como es de práctica, no podrán incorporarse al plan de pago la deuda en instancia judicial, multas, deudas de los agentes de recaudación y de percepción.
No podrán incorporarse al plan de pago la deuda en instancia judicial, multas, deudas de los agentes de recaudación y de percepción
Para hacer uso de los planes existen diversas opciones dentro de las que se destacan:
1) Deudas menores a $320.550 nominal (Resolución 262/2022). Se condonará el 100% de los intereses resarcitorios, es decir que en una cuota se estará abonando el total de deuda pura.
2) Deudas que superen $320.550 nominal (Resolución4323/2022): Se podrá abonar hasta en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas; con un valor mínimo de 2.000 pesos.
Cabe notar que el monto nominal a regularizar no podrá exceder, por cada gravamen (por cada bien o hecho generador de tributo, partida, dominio, número de inscripción, número de anuncio o identificación de gravámenes varios), la suma 320.550 pesos.
A los efectos de ingresar a estos planes de facilidades habrá tiempo hasta el 15 de diciembre 2022. El contribuyente sea persona física o jurídica, deberá contar con CUIT y la Clave Ciudad, a los efectos de ingresar en la página de internet de la AGIP: www.agip.gob.ar.
Asimismo, el sistema solicita el ingreso de una CBU (Clave Bancaria Uniforme) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro bancaria de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación al contado, el quinto día hábil siguiente al mes de la adhesión.

Por otra parte, también en el caso que el contribuyente quiera abonarlo mediante el pago único con la condonación de intereses, podrá pagar con tarjeta de crédito previamente si seleccionó el impuesto; pero esta opción solo estará habilitada para ABL/ Inmobiliario/Patente y seleccionado la impresión de la boleta “Cuota Única Plan 2022″.
Asimismo para quienes quisieran regularizar su situación y hacerlo en mayor cantidad de cuotas, podrán elegir otros 2 planes: uno según Resolución 890/2020: de 1 hasta 6 cuotas, o bien hasta 36 cuotas, pero con un interés financiero que dependerá del plazo elegido.

En el caso de la Provincia de Buenos Aires, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ofrece la posibilidad de incluir la deuda que vaya venciendo hasta fin de 2022, es decir deuda con vencimiento entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
Para adherir al plan debe contarse con CUIT y Clave CIT (Clave de Identificación Tributaria); mediante la página de internet www.arba.gob.ar.
Las opciones de pago son sin anticipos y en cuotas ven de 6 a 12, con un interés mensual del 7% y de 15 a 24 cuotas, con una tasa de 6,5% mensual.
El monto mínimo de cada cuota será de $1.000 para Ingresos Brutos; Inmobiliario; Complementario y Embarcaciones; y de $500 para las deudas de Inmobiliario Básico y Automotores. El vencimiento de las cuotas será el día 10 del mes siguiente al del acogimiento al plan de facilidades de pago.
Este programa de regularización excluye deudas provenientes del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos; la de Agentes de Recaudación; las correspondientes a planes caducos entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2022; las que se encuentren en instancia de juicio de apremio o de ejecución fiscal, así como las que estén en proceso de fiscalización, determinación o discusión administrativa.
Las cuotas podrán obtenerse ingresando desde el menú principal en “Liquidación de cuotas” o ingresando al trámite de Liquidación Cuota de Plan de Pago, mediante la página de internet del organismo recaudador, Guía de Trámite.
Se recomienda consultar al fisco si existen deudas prescriptas
Para ambos casos se recomienda a los contribuyentes:
1. Consultar con un profesional en Ciencias Económicas; a los efectos que pueden existir deudas prescriptas; es decir que los fiscos perdieron el derecho a reclamar obligaciones impagas; y
2. Recordar el compromiso de pago, al momento de adherirse a un plan de facilidades; dado que muchas veces el dinero no es debitado de las cuentas bancarias o simplemente se incurre en olvido y se generan situaciones de caducidad.
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