La dictadura de Nicaragua lleva a la Asamblea dos tratados con Rusia: extradición, traslado de condenados y un Parlamento oficialista

Los acuerdos se firmaron en San Petersburgo y ya llegaron al despacho de Gustavo Porras, presidente de la Asamblea. Incluyen reglas para entregar requeridos y mover sentenciados entre países. Falta el debate que definirá su alcance real

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10/01/2022 Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, y su esposa y vicepresidenta, Rosario Murillo
POLITICA CENTROAMÉRICA INTERNACIONAL NICARAGUA
XIN YUEWEI / XINHUA NEWS / CONTACTOPHOTO
10/01/2022 Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, y su esposa y vicepresidenta, Rosario Murillo POLITICA CENTROAMÉRICA INTERNACIONAL NICARAGUA XIN YUEWEI / XINHUA NEWS / CONTACTOPHOTO

El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo envió a la Asamblea Nacional dos iniciativas para ratificar tratados firmados con Rusia sobre extradición y traslado de condenados, una decisión que ampliará la cooperación judicial bilateral en procesos penales internacionales y que ahora depende de la aprobación del Parlamento controlado por el oficialismo.

Los acuerdos fueron suscritos el 5 de junio de 2026 durante una visita oficial a San Petersburgo. Las comunicaciones remitidas al presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, llevan fecha del 3 y 6 de julio de 2026 y están firmadas por Ortega y Murillo.

Según el texto de las iniciativas, uno de los instrumentos es el Tratado entre la República de Nicaragua y la Federación de Rusia de Extradición. Su objetivo es crear un mecanismo jurídico para que ambos Estados puedan entregarse personas requeridas para ser procesadas penalmente o para cumplir sentencias por delitos considerados extraditables.

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Ese convenio establece que cualquiera de las dos partes podrá pedir la entrega de una persona ubicada en el territorio del otro país cuando sea requerida para enfrentar un proceso penal o ejecutar una condena firme. También fija que solo serán extraditables los delitos castigados en ambas legislaciones con penas privativas de libertad de al menos un año.

El tratado de extradición fija causales de rechazo y protege procesos ya iniciados

El acuerdo enumera los casos en que una solicitud puede ser negada. Entre ellos aparecen la nacionalidad de la persona reclamada en el Estado requerido, la existencia de indicios de persecución por motivos políticos, religiosos, étnicos o de nacionalidad, la prescripción del delito y los casos en que pueda aplicarse la pena de muerte sin garantías suficientes de que no será ejecutada.

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El texto también permite rechazar la extradición si el Estado requerido considera que la entrega afecta su soberanía, su seguridad nacional o sus intereses esenciales. A eso se suman reglas sobre la presentación formal de las solicitudes, la documentación exigida, la posibilidad de pedir detenciones provisionales antes del requerimiento completo y el tránsito de personas extraditadas por el territorio de cualquiera de los dos países.

El tratado de extradición incluye el principio de especialidad y mantiene los procesos en curso aunque una de las partes denuncie el acuerdo.
El tratado de extradición incluye el principio de especialidad y mantiene los procesos en curso aunque una de las partes denuncie el acuerdo.

Otro de los puntos centrales del tratado es el principio de especialidad. Bajo esa cláusula, la persona extraditada solo podrá ser juzgada por los delitos que motivaron su entrega, salvo las excepciones previstas en el propio instrumento.

La vigencia del acuerdo será indefinida una vez que ambos países completen sus procedimientos internos e intercambien las notificaciones diplomáticas correspondientes. También se prevé que cualquiera de las partes pueda denunciar el tratado, aunque esa terminación no afectará los procesos de extradición que ya estén en curso.

El segundo acuerdo permitirá que condenados cumplan la pena en su país de origen

La segunda iniciativa remitida por el Ejecutivo busca aprobar el Tratado entre la República de Nicaragua y la Federación de Rusia sobre Traslado de Personas Condenadas a la Privación de Libertad. Ese instrumento permitirá que ciudadanos nicaragüenses condenados en Rusia, o ciudadanos rusos sentenciados en Nicaragua, cumplan sus penas en su país de origen.

El segundo tratado permitirá el traslado de personas condenadas para que nicaragüenses y rusos cumplan sus penas en su país de origen con aceptación de ambas partes.
El segundo tratado permitirá el traslado de personas condenadas para que nicaragüenses y rusos cumplan sus penas en su país de origen con aceptación de ambas partes.

La transferencia no será automática. El convenio dispone que deberá contar con la aceptación de ambas partes y con el cumplimiento de los requisitos fijados por el propio tratado.

La iniciativa sobre traslado de condenados fue enviada mediante una comunicación fechada el 6 de julio de 2026. Con ese paso, los dos acuerdos quedaron en manos de la Asamblea Nacional para su debate y eventual aprobación antes de entrar en vigor en Nicaragua.

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