El Gobierno de Michoacán solicitó una condena de 12 años de prisión contra Raúl Meza Abonce, de 27 años, por su presunta participación en los hechos violentos registrados durante las protestas por el asesinato de Carlos Manzo, alcalde de Uruapan, ocurrido el 1 de noviembre de 2025.
La Administración del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla sostiene que el activista no participó únicamente como manifestante en las movilizaciones, sino que formó parte de una actuación colectiva y organizada que habría tenido como objetivo atacar la sede del Ejecutivo estatal.
En la adhesión a la acusación presentada ante un juez de control, el Gobierno de Michoacán, en su calidad de coadyuvante de la Fiscalía, plantea que existió un “plan común” y una “división de funciones” entre los participantes de la protesta. Bajo esa hipótesis, considera que para atribuir responsabilidad a Meza no es necesario demostrar que él haya causado personalmente cada uno de los daños registrados en el inmueble.
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La defensa del joven, quien enfrenta el proceso en libertad, considera desproporcionada la acusación y sostiene que el caso se ha endurecido debido a que Meza fue uno de los rostros más visibles de las manifestaciones.
La bandera desde el Palacio de Gobierno
Uno de los elementos centrales del caso es la participación de Meza durante las protestas. El activista ingresó a las oficinas del Gobierno estatal, tomó una bandera y salió a ondearla desde uno de los balcones del recinto. La imagen se convirtió en uno de los momentos más representativos de aquellas movilizaciones.

Para el abogado Carlos Escobedo, ese hecho contribuyó a colocar a su defendido en el centro de la investigación penal. El litigante sostiene que Meza salió a protestar por el hartazgo generado por la violencia que afecta a la población y por experiencias personales relacionadas con la inseguridad.
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De acuerdo con el defensor, Luis Manuel Meza, hermano del activista, y la novia de este fueron asesinados en hechos separados ocurridos en 2023. Ese contexto, afirma, influyó en la decisión de Raúl Meza de participar en las protestas posteriores al homicidio de Manzo.
El Gobierno estatal, en cambio, argumenta que los acontecimientos del Palacio de Gobierno rebasaron los límites de una protesta legítima. En el documento presentado el 3 de agosto, señala que los manifestantes habrían utilizado objetos incendiarios, ocasionado daños a bienes públicos y generado riesgos tanto para personas como para el patrimonio histórico del estado.
La acusación sostiene que las acciones buscaron impedir el funcionamiento de las instituciones públicas y que la protesta social no puede utilizarse para justificar la destrucción deliberada de infraestructura gubernamental.
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Piden prisión, suspensión de derechos y reparación del daño
Además de los 12 años de prisión, el Gobierno de Michoacán solicitó que Meza sea sujeto a la suspensión de sus derechos políticos durante el mismo periodo.

La Administración estatal también reclama una reparación integral por los daños ocasionados en el Palacio de Gobierno. La acusación menciona afectaciones en el inmueble, mobiliario, equipo de cómputo, puertas, cristales y otros bienes.
El documento señala inicialmente un monto de mil 370 millones de pesos, aunque la información proporcionada sobre el proceso también refiere que la cantidad podría actualizarse o ampliarse durante el juicio.
La defensa cuestiona que se pretenda responsabilizar al activista por daños derivados de una acción colectiva y considera que la acusación se sustenta en una interpretación amplia de la responsabilidad penal.
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El proceso entrará en una etapa relevante el próximo 3 de septiembre, cuando está prevista la audiencia intermedia, en la que se determinará qué pruebas podrán ser incorporadas a un eventual juicio.
Sin embargo, antes de que el proceso avance hacia esa etapa, los juzgadores deberán resolver el recurso de amparo promovido por la defensa de Meza, mediante el cual busca frenar el procedimiento penal.
El caso ha generado atención de organizaciones de la sociedad civil, que cuestionan si la respuesta penal del Estado resulta proporcional frente al ejercicio del derecho a la protesta. La resolución judicial determinará si la actuación atribuida al activista constituye responsabilidad penal por los hechos ocurridos durante las movilizaciones o si, como sostiene su defensa, se trata de una persecución derivada de su participación visible en las protestas.
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