
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a la organización ciudadana México Tiene Vida, que buscó obtener su registro como partido político nacional.
Entre las determinaciones ratificadas destaca una multa de 565,700 pesos por recibir recursos de una empresa mercantil a través de una simpatizante, además de validar el inicio de investigaciones para esclarecer el origen de diversas aportaciones.
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Con esta resolución, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral respaldó, en lo impugnado, el acuerdo del Consejo General del INE sobre las irregularidades detectadas durante la fiscalización correspondiente al periodo de enero de 2025 a febrero de 2026.

Asimismo, desechó una segunda demanda presentada por la organización por preclusión y una impugnación del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por carecer de una firma válida.
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Tribunal respalda multa por recursos de origen prohibido
El proyecto, elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña y aprobado por la mayoría del Pleno, determinó que el INE acreditó correctamente que la organización no rechazó una aportación proveniente de una empresa mercantil, lo cual está expresamente prohibido para las organizaciones que buscan constituirse como partidos políticos.
Los magistrados consideraron que la autoridad electoral sustentó su decisión mediante una valoración integral de las pruebas, entre ellas la coincidencia entre montos y fechas de diversos depósitos.
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Además, reiteraron que corresponde a las organizaciones demostrar el origen lícito de los recursos que reciben durante su proceso de registro.
También se confirmó el inicio de procedimientos oficiosos para verificar el origen de otras aportaciones, al considerar que estas investigaciones únicamente buscan esclarecer el origen de los recursos y no generan, por sí mismas, una afectación jurídica para la organización.
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¿De qué se acusa a México Tiene Vida?
Entre las irregularidades detectadas por el INE y que derivaron en sanciones o en la negativa de su registro como partido político se encuentran:
- Recibir una aportación de una empresa mercantil mediante una simpatizante.
- Presuntas irregularidades en el origen y destino de recursos durante su proceso de fiscalización.
- Simulación de miles de afiliaciones mediante fotografías alteradas y copias de credenciales para votar.
- Intento de soborno a una funcionaria del INE para validar una asamblea sin el quórum requerido.
- Participación de ministros de culto en procesos de afiliación y asambleas, lo que contraviene la legislación electoral.
El PRI y el PVEM tampoco obtuvieron un fallo favorable
Durante el análisis, la Sala Superior también resolvió los recursos promovidos por el PRI y el PVEM.

En el caso del partido tricolor, los magistrados calificaron como infundados e inoperantes sus argumentos, al considerar que confundía el procedimiento de fiscalización con el proceso para otorgar o negar el registro como partido político nacional.
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El Tribunal explicó que la revisión únicamente se centró en las sanciones derivadas de la fiscalización y no podía traducirse automáticamente en un pronunciamiento sobre la negativa del registro.
Respecto al PVEM, la demanda fue desechada debido a que no cumplía con el requisito de una firma válida.
México Tiene Vida ya había perdido su registro como partido político nacional
La resolución del TEPJF ocurre semanas después de que el Consejo General del INE negara el registro nacional a México Tiene Vida, pese a que inicialmente había cumplido con los requisitos mínimos de afiliaciones y asambleas.
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Sin embargo, la autoridad electoral concluyó que la organización incurrió en diversas irregularidades durante el proceso, entre ellas anomalías en la afiliación de ciudadanos, participación de ministros de culto, manipulación de documentos y faltas relacionadas con el financiamiento.
Como resultado, el INE impuso sanciones económicas que, en conjunto, superan los 2.5 millones de pesos, siendo la organización con la multa más alta entre las agrupaciones que aspiraban a convertirse en partidos políticos nacionales.
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La resolución mantiene vigentes tanto la multa de 565,700 pesos relacionada con el financiamiento indebido como las investigaciones para verificar otras aportaciones, mientras que las sanciones y la negativa de registro previamente determinadas por el INE continúan surtiendo efectos.
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