
Liquidar una deuda con una tienda departamental no borra su rastro del Buró de Crédito: el registro del atraso permanece visible en el historial crediticio durante años y puede impedir la aprobación de un crédito hipotecario, aunque el saldo sea cero.
Así lo establece la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, supervisada por el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). La norma aplica por igual a bancos, tiendas departamentales, fintechs y cualquier otorgante de crédito que reporte a una Sociedad de Información Crediticia (SIC).
Pagar no es lo mismo que borrar

Cuando se liquida una deuda con atrasos, el Buró actualiza el estatus de la cuenta: pasa de “impaga” a “liquidada con atraso”. Pero los registros de incumplimiento no desaparecen.
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Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), el Buró de Crédito no es una lista negra ni una herramienta punitiva: es una base de datos que documenta el comportamiento financiero de cada persona, tanto los pagos puntuales como los retrasos.
Lo que sí cambia al pagar es la señal que reciben los bancos. Un estatus de “liquidada” es mejor que “impaga”, pero los atrasos previos siguen visibles para cualquier institución que consulte el historial.
Por qué el Buró tarda semanas en reflejar el pago
El Buró de Crédito no se actualiza en tiempo real. Los otorgantes —bancos, tiendas departamentales, fintechs— están obligados a reportar mensualmente el comportamiento de sus clientes a las SIC. Cada institución tiene su propio día de corte.
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La CNBV precisa que, una vez realizado el pago, el otorgante tiene cinco días hábiles para notificar el cambio a la SIC. El Buró incorpora esa información en un plazo de hasta 72 horas tras recibirla.
En la práctica, el ciclo completo puede tomar entre 10 y 45 días naturales. Dos personas que pagaron el mismo día pueden ver el cambio reflejado en fechas distintas, dependiendo del corte interno de cada institución.

Cuánto tiempo permanece el registro negativo
Los plazos de eliminación están fijados en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y se miden en Unidades de Inversión (UDIS), cuyo valor publica el Banco de México de forma diaria. En julio de 2026, una UDI ronda los $8.24 pesos mexicanos.
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Los plazos vigentes son:
Deudas menores a 25 UDIS (~$206 MXN): 1 año
Deudas de 25 a 500 UDIS (~$4,121 MXN): 2 años
Deudas de 500 a 1,000 UDIS (~$8,241 MXN): 4 años
Deudas mayores a 1,000 UDIS: 6 años
El contador arranca desde la primera vez que el otorgante reportó el atraso a la SIC, no desde la fecha en que se liquidó la deuda. Si la deuda está en proceso judicial o involucra fraude comprobado, el registro puede permanecer de forma indefinida.
El efecto directo sobre la hipoteca

Cuando una institución financiera evalúa una solicitud de crédito hipotecario, revisa el historial completo del solicitante: atrasos recientes, quitas, reestructuras e impagos. El score crediticio —que va de 400 a 850 puntos— sintetiza ese comportamiento.
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Según información de la CONDUSEF, algunos bancos rechazan de forma automática solicitudes con más de un mes de atraso registrado en los últimos 12 meses. Un perfil con score por debajo de 550 puntos se considera de muy difícil aprobación, incluso si la deuda que generó el atraso ya fue saldada.
Una deuda de tienda departamental mayor a 1,000 UDIS con historial de incumplimiento puede mantenerse visible en el Buró hasta seis años desde el primer reporte, período durante el cual cualquier solicitud hipotecaria quedará condicionada por esa marca.
Qué hacer si el pago no aparece en el historial

Si transcurridos 40 días naturales el pago no se refleja en el Reporte de Crédito Especial, la CONDUSEF recomienda contactar primero al otorgante para confirmar que el movimiento fue reportado.
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Si el problema persiste, el deudor puede presentar una reclamación gratuita directamente ante el Buró de Crédito, con derecho a dos reclamaciones sin costo al año. La institución tiene 29 días hábiles para investigar y emitir una resolución.
En caso de que el otorgante sea una tienda comercial y no responda, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) puede intervenir como instancia de mediación. La CONDUSEF, por su parte, puede obligar al otorgante a revisar o corregir la información reportada, aunque no tiene facultad para modificar directamente el registro en el Buró.
Ninguna institución ni empresa puede eliminar legalmente un registro negativo verificado antes de que venza el plazo que establece la ley. La CONDUSEF advierte que las empresas que ofrecen “limpiar” el Buró a cambio de dinero operan al margen de la norma.
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