
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó, en resolución de primera instancia, que el senador de Morena Gerardo Fernández Noroña cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la alcaldesa de Uruapan, Grecia Itzel Quiroz García. La sentencia fue aprobada por unanimidad de las cinco magistraturas durante una sesión pública virtual celebrada el lunes 6 de julio, a partir de un proyecto elaborado por la magistrada Yurisha Andrade Morales.
¿De qué trata el caso?
El procedimiento especial sancionador se originó a partir de expresiones realizadas por Fernández Noroña en transmisiones en vivo y desde la tribuna del Senado, luego del asesinato de Carlos Manzo, alcalde de Uruapan, ocurrido el 1 de noviembre de 2025. Tras ese hecho, el Congreso de Michoacán designó a Grecia Quiroz, viuda de Manzo, como presidenta municipal sustituta.
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De acuerdo con el TEEM, Noroña calificó a Quiroz de “irresponsable”, “fascista” y motivada por la “ambición” de buscar la gubernatura de Michoacán en 2027. El tribunal concluyó que dichas expresiones buscaban desacreditar su gestión y minimizar su trayectoria política por el hecho de ser mujer, además de restarle legitimidad a sus aspiraciones políticas.
Un camino con giros: de la incompetencia a la sanción
El caso tuvo un recorrido previo:
- El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) había ordenado inicialmente a Noroña retirar los videos y abstenerse de hostigar a la alcaldesa.
- El TEEM se declaró incompetente en un primer momento, al considerar que Quiroz —al no haber sido electa por voto popular— no tenía atribuciones para acudir a la vía electoral.
- Quiroz impugnó esa decisión ante la Sala Regional Toluca del TEPJF, que el 12 de junio revocó por unanimidad el criterio de incompetencia y ordenó al tribunal local analizar el fondo del asunto.
- Casi tres meses después, el TEEM resolvió a favor de la alcaldesa.
Las sanciones contra Fernández Noroña
Según la resolución correspondiente al expediente TEEM-PES-VPMG-005/2026, el senador morenista deberá:
- Ofrecer una disculpa pública.
- Ser inscrito, durante seis meses, en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como en el registro estatal correspondiente.
- Acreditar un curso de capacitación en materia de violencia política de género, impartido por una institución pública o privada, cubriendo personalmente los costos.
- Cumplir con medidas de reparación integral a favor de la denunciante.
El tribunal también ordenó dar vista a la Mesa Directiva del Senado de la República, al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) para los efectos correspondientes.
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La resolución aún puede impugnarse
Al tratarse de una determinación de primera instancia, Fernández Noroña tiene la posibilidad de recurrirla ante la Sala Regional Toluca del TEPJF y, eventualmente, ante la Sala Superior. Hasta el momento, el senador ha sostenido públicamente que sus comentarios constituyen críticas legítimas a la gestión pública y ha negado haber incurrido en actos de misoginia u hostigamiento contra la alcaldesa.
Grecia Quiroz ha manifestado su intención de buscar la candidatura a la gubernatura de Michoacán en 2027.
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