
Para superar el salario mínimo con una pensión del IMSS en 2026, un trabajador bajo la Ley 97 necesita acumular en su Afore entre $1 millón y $4.8 millones de pesos, dependiendo de su edad de retiro, semanas cotizadas y salario promedio. El ahorro obligatorio, por sí solo, rara vez alcanza esa meta.
El salario mínimo diario vigente desde el 1 de enero de 2026 es de $315.04 (Diario Oficial de la Federación), lo que equivale a aproximadamente $9,582 mensuales. Ese número es el punto de partida para entender qué tan lejos —o cerca— puede quedar tu pensión.
Dos regímenes, dos pisos distintos

El sistema pensionario mexicano opera bajo dos marcos legales según la fecha de primera cotización al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 pertenecen a la Ley 73. Para ellos, la Pensión Mínima Garantizada en 2026 es de $10,636.53 mensuales: equivale al salario mínimo mensual más un incremento del 11% establecido por decreto desde 2001, y se actualiza cada año junto con el salario mínimo.
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Quienes se incorporaron al IMSS a partir de esa fecha quedan bajo la Ley 97. En este régimen no existe un monto único garantizado: la llamada Pensión Garantizada varía entre $3,540.56 y $11,128.01 mensuales en 2026, según tres factores combinados: edad al retiro, semanas cotizadas y salario promedio expresado en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Esa tabla se actualiza cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC); para 2026 el ajuste fue de 3.69%.
Qué saldo en la Afore produce qué pensión

En la Ley 97, la pensión depende directamente del dinero acumulado en la cuenta individual. Si ese saldo no genera una renta superior al piso garantizado, el Estado cubre la diferencia, pero solo si el trabajador cumple con la edad mínima —60 años para Cesantía en Edad Avanzada, 65 para Vejez— y con 875 semanas cotizadas, el mínimo exigido en 2026.
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Simulaciones financieras con datos a abril de 2026 ilustran la brecha con precisión: con $2 millones de pesos acumulados al momento del retiro, la pensión mensual estimada ronda los $12,500, dependiendo de la edad, el rendimiento y la modalidad elegida. Para aspirar a $30,000 mensuales se requieren cerca de $4.8 millones de pesos en la cuenta.
Un ejemplo concreto: un trabajador de 39 años con salario de $15,000 mensuales y $200,000 ya acumulados en su Afore —con una densidad de cotización del 80% y un rendimiento real promedio del 4% anual antes de comisiones— podría llegar al retiro a los 60 años con $1,020,421 pesos. La pensión mensual resultante sería de $9,129.53, todavía por debajo del salario mínimo mensual.
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Por qué el ahorro obligatorio no suele ser suficiente

Gerardo Chavarría, Gerente de Iniciativas de Negocio en Afore SURA, explicó a El Economista que los tres factores —semanas, edad y salario— generan 330 combinaciones posibles de Pensión Garantizada, lo que hace que dos personas de la misma edad puedan recibir montos muy distintos.
El problema estructural es que las aportaciones automáticas del patrón y del gobierno representan un porcentaje del salario que los especialistas consideran insuficiente para sostener el nivel de vida previo al retiro. Los análisis financieros recomiendan destinar entre 10% y 20% del ingreso anual al ahorro para el retiro. Una jubilación estable, según esos mismos análisis, requiere reemplazar entre 70% y 80% del último salario.
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La cuota patronal en 2026 varía entre 3.150% y 9.623% del Salario Base de Cotización (SBC), según el rango salarial, mientras que la aportación del trabajador se mantiene en 1.125%.
Tres rutas para aumentar la pensión antes de jubilarse

Las fuentes consultadas documentan tres mecanismos concretos para elevar el monto final.
La primera aplica a trabajadores de Ley 73: la Modalidad 40, que permite cotizar voluntariamente sobre hasta 25 UMA en los años previos al retiro y puede multiplicar la pensión entre tres y cinco veces.
La segunda es exclusiva de Ley 97: las aportaciones voluntarias a la Afore, deducibles de ISR conforme al artículo 151, fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Cada peso adicional depositado incrementa el saldo disponible para contratar una renta vitalicia o un retiro programado.
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La tercera opción aplica a ambos regímenes: retrasar el retiro de los 60 a los 65 años. Esa diferencia amplía el periodo de acumulación y eleva el porcentaje aplicable sobre la base de cálculo de la pensión por Cesantía.
Qué pasa con los trabajadores del ISSSTE
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) opera bajo dos regímenes con reglas distintas, según una decisión que cada servidor público tomó en 2007.
Quienes no migraron al sistema de cuentas individuales permanecen en el Artículo Décimo Transitorio. Para jubilarse en 2026 con el 100% de su último sueldo, los hombres necesitan al menos 58 años de edad y 30 de servicio; las mujeres, 56 años y 28 de servicio. La edad mínima sube un año cada dos años, por lo que quienes no consulten la tabla oficial a tiempo pueden ver retrasados sus planes.
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Quienes sí migraron al régimen de Cuentas Individuales —administradas por PENSIONISSSTE— dependen del saldo acumulado, con un requisito de 25 años cotizados y 60 o 65 años de edad. Si ese saldo no genera una pensión superior al piso garantizado, el Estado cubre la diferencia: en 2026 ese monto es de $9,451.20 mensuales, tras el aumento del 13% al salario mínimo.
Para quienes no alcanzan los años completos de servicio, el ISSSTE ofrece la modalidad de Pensión por Edad y Tiempo de Servicios: con 15 años cotizados se recibe el 50% del último sueldo; con 20 años, el 62.5%; con 25 años, el 75%. El requisito es tener al menos 60 años de edad.
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El mecanismo diferenciador del régimen de Cuentas Individuales es el Ahorro Solidario: el trabajador puede aportar 1% o 2% de su sueldo básico de forma voluntaria, y la dependencia gubernamental deposita $3.25 por cada peso aportado, hasta el 6.5% del sueldo. Un apalancamiento que no existe en el sistema del IMSS.
Quienes acumulen saldo suficiente en Cuentas Individuales para contratar una renta vitalicia al menos 30% superior a la Pensión Mínima Garantizada pueden solicitar retiro anticipado, incluso desde los 53 años. Para los trabajadores del Décimo Transitorio esa opción no existe: están sujetos estrictamente a la tabla de edad y servicio.
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