México reconoce su responsabilidad parcial en caso de Ernestina Ascencio, mujer indígena que murió tras ser violada por el Ejército

De acuerdo con el documento publicado en el DOF, el Estado mexicano reconoció la violación de algunos derechos de Ascencio, de los cuales no fueron incluidos el abuso sexual y la tortura de la mujer de 73 años

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De acuerdo con el documento publicado en el DOF, el Estado mexicano reconoció la violación de algunos derechos de Ascencio, de los cuales no fueron incluidos el abuso sexual y la tortura de la mujer de 73 años (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno de México publicó este miércoles 24 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el resumen oficial de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Ernestina Ascencio Rosario, una resolución que ordena al Estado cumplir diversas medidas de reparación por las violaciones a los derechos humanos cometidas contra esta mujer indígena de 73 años que perdió la vida en 2007, tras ser violada a manos del Ejército mexicano.

Dentro del documento, el Estado mexicano realiza un reconocimiento parcial de responsabilidad internacional, aceptando haber vulnerado diversos derechos de Ernestina Ascencio y de sus familiares. Sin embargo, el reconocimiento no incluye de manera expresa la responsabilidad por la violación sexual, la tortura ni la muerte derivada de estos hechos, aspectos que sí fueron establecidos por la Corte IDH en su sentencia de septiembre de 2025.

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El tribunal internacional responsabiliza al gobierno de México por no garantizar justicia ni protección a la víctima y su familia
El fallo internacional exige a México investigar y sancionar a los responsables de la agresión, tortura y muerte de Ernestina Ascencio. Crédito: FB/Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)

¿Qué reconoció el Estado mexicano en el caso de Ernestina Ascencio?

En el apartado denominado “Reconocimiento parcial de responsabilidad internacional”, el Gobierno mexicano acepta la violación de diversos derechos humanos derivados de la falta de acceso a la justicia y de las deficiencias institucionales registradas tras los hechos ocurridos en febrero de 2007.

Entre ellos reconoce la vulneración de:

  • El derecho a la integridad personal.
  • Las garantías judiciales.
  • La protección judicial.
  • La igualdad ante la ley.
  • El derecho a la salud, relacionado con la falta de atención médica adecuada.
  • Diversos derechos de los familiares de la víctima por las omisiones en la investigación y el acceso a la justicia.

No obstante, el documento no reconoce como parte de esa aceptación de responsabilidad que Ernestina Ascencio fue víctima de violación sexual y tortura por parte de integrantes del Ejército mexicano, ni que esas agresiones ocasionaron su muerte, pese a que esos hechos forman parte central de la sentencia emitida por la Corte Interamericana.

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Documento oficial con texto que describe el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional de México por violaciones de derechos humanos.
Un documento oficial detalla el reconocimiento parcial de la responsabilidad internacional de México por violaciones de derechos humanos, mencionando también los puntos no abordados por el Estado y la valoración de la Corte. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Corte IDH concluyó que Ernestina fue víctima de violación sexual y tortura

La diferencia entre ambos documentos radica en que la sentencia internacional va mucho más allá del reconocimiento realizado por el Estado mexicano.

Al notificar su resolución en diciembre de 2025, la Corte IDH concluyó que México era internacionalmente responsable por la violación sexual, la tortura y la muerte de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl que vivía en la comunidad de Tetlatzinga, en la Sierra de Zongolica, Veracruz.

La administración federal enfatizó su postura de no repetición y protección de los derechos de las mujeres y los pueblos originarios.
La administración federal enfatizó su postura de no repetición y protección de los derechos de las mujeres y los pueblos originarios.

El tribunal internacional determinó que la agresión fue perpetrada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007, en el contexto del despliegue militar derivado de la estrategia de seguridad implementada durante el gobierno de Felipe Calderón.

Asimismo, estableció que la violación sexual constituyó un acto de tortura, ya que fue intencional, ocasionó graves sufrimientos físicos y psicológicos y tuvo como propósito intimidar, humillar y controlar a la víctima. También concluyó que la falta de atención médica oportuna contribuyó a su fallecimiento y que el Estado incumplió su obligación de investigar los hechos con debida diligencia.

¿Qué medidas ordenó la Corte Interamericana?

Como parte de la sentencia, la Corte IDH ordenó al Estado mexicano implementar una serie de medidas de reparación para las víctimas y sus familiares.

Entre las principales destacan:

  • Reabrir y realizar una investigación penal seria y exhaustiva sobre la violación sexual, la tortura y la muerte de Ernestina Ascencio.
  • Identificar, procesar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales.
  • Brindar atención médica, psicológica y psiquiátrica a los familiares.
  • Publicar el resumen oficial de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, así como traducirlo al náhuatl.
  • Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad.
  • Implementar programas de capacitación para funcionarios sobre derechos de mujeres indígenas y acceso a la justicia.

La publicación realizada el 24 de junio en el DOF forma parte precisamente de las medidas ordenadas por el tribunal internacional.

Sheinbaum afirmó que México cumplirá la sentencia

Un día después de que se notificó la resolución internacional, la presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que el Estado mexicano cumpliría todas las medidas ordenadas por la Corte IDH.

Sheinbaum recordó que el asesinato de Ernestina Ascencio a manos del Ejército ocurrió en el sexenio de Calderón. | Presidencia
Sheinbaum recordó que el asesinato de Ernestina Ascencio a manos del Ejército ocurrió en el sexenio de Calderón. | Presidencia

Durante su conferencia matutina del 17 de diciembre de 2025, la mandataria recordó que los hechos ocurrieron durante el gobierno del expresidente Felipe Calderón y señaló que las acciones establecidas por el tribunal serían acatadas.

“Hay varias recomendaciones que vienen ahí, se va a cumplir a cabalidad cada una de ellas”, afirmó entonces la presidenta, quien reiteró que el caso ocurrió en el contexto de la estrategia de seguridad implementada durante aquel sexenio.

Aunque el Estado mexicano ya comenzó a cumplir algunas de las medidas de reparación, como la publicación oficial del fallo, el documento difundido en el DOF evidencia que el reconocimiento de responsabilidad sigue siendo parcial, pues no incorpora expresamente la responsabilidad por la violación sexual, la tortura y la muerte de Ernestina Ascencio, elementos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sí dio por acreditados en su sentencia.

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