
La gobernadora María Eugenia Campos enfrenta un citatorio de la Fiscalía General de la República (FGR) por la presencia de agentes extranjeros en el operativo que desmanteló un narcolaboratorio en Chihuahua, donde murieron dos presuntos integrantes de la CIA.
La mandataria de Chihuahua fue notificada oficialmente el 23 de mayo para comparecer el próximo miércoles 27 de mayo de 2026 a las 10:00 horas en la sede de la FGR en Ciudad Juárez.
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El documento, entregado en Palacio de Gobierno, la cita en calidad de testigo respecto a la presencia de cuatro agentes estadounidenses en el operativo que derivó en el accidente fatal. Al recibir el citatorio Campos señaló que daría la cara y que acudirá a la cita, aunque su equipo jurídico analiza el documento por presentar “múltiples incongruencias”.

La gobernadora ha cuestionado las diferencias en el trato hacia figuras como Rubén Rocha Moya o Javier Corral, éste último quien según Campos no ha sido llamado pese a tener una orden de aprehensión en Chihuahua.
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El PAN anunció una semana de acciones y movilizaciones para respaldar a Maru Campos en Chihuahua, con una concentración masiva planeada para el último fin de semana de mayo. El dirigente nacional, Jorge Romero Herrera, acusó al gobierno federal y a Morena de emprender una persecución política contra la gobernadora por su actuación contra el crimen organizado.
La polémica ha polarizado a legisladores y dirigentes de Morena, que exigen sanciones y comparecencias.
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Cuáles son los escenarios para Maru Campos

El abogado penalista Gabriel Regino sostiene que, desde el punto de vista legal, el citatorio es improcedente, pero que el caso se ha politizado y coloca a la mandataria estatal ante dos escenarios posibles.
De acuerdo con Gabriel Regino en entrevista con Azucena Uresti, la ley procesal penal mexicana establece que los titulares del Poder Ejecutivo estatal, como Campos, no están obligados a acudir al Ministerio Público ni a declarar presencialmente o por escrito cuando son citados como testigos.
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El abogado aclara que, aunque no es ilegal que la FGR cite a una gobernadora, sí resulta contradictorio con el sistema normativo. “No sé si lo están haciendo a ver si pega o para hacer ruido político”, apuntó.
Regino subraya que si la fiscalía quisiera imputar un delito a la gobernadora, tendría que solicitar primero el desafuero mediante un procedimiento de declaración de procedencia.
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“Si se le quiere procesar, primero hay que quitarle el fuero. De lo contrario, el proceso estaría viciado desde el inicio”, subrayó.
Por otro lado, en el escenario político-legal, aunque legalmente no está obligada a acudir ni a responder por escrito, Campos puede optar por presentarse a la diligencia, reservarse su derecho a declarar y argumentar persecución política.
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“En la experiencia política penal es presentarse, victimizarse y reservarse su derecho, amparándose precisamente en la cláusula del artículo 90 del Código Procesal Penal. Y entonces todo se politiza”, señaló Regino.
El abogado considera que la actuación de la FGR en este caso es desaseada y podría terminar por fortalecer la posición política de la gobernadora.
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Si Maru Campos comparece, no necesita acudir con abogado porque no está imputada, sino citada como testigo. Si declara, lo que diga no puede ser usado en su contra por el principio de no autoincriminación.
Diferencias con el caso Rocha Moya

El caso de Maru Campos contrasta con el del gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, también citado a comparecer por la FGR, pero en calidad de persona sin fuero vigente.
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Según Regino, Rocha Moya sí está obligado a acudir, aunque puede reservarse el derecho a no declarar sobre hechos que puedan implicarlo penalmente.
El abogado señala que en el caso del gobernador sinaloense, las áreas del gobierno federal han defendido su presunción de inocencia y la soberanía estatal, mientras que en el caso de Campos no ha habido un trato similar.
“En el caso del señor Rocha Moya hay una defensa a ultranza por parte de todas las áreas del Gobierno Federal en los cuales están poniendo por delante la presunción de inocencia, la soberanía, circunstancias que no ocurre en el caso de Maru Campos”, dijo Regino.
Consecuencias legales y lo que sigue
La Ley de Seguridad Nacional prohíbe que agentes extranjeros participen en operativos, detenciones o acciones directas en México; solo pueden realizar labores de enlace, intercambio de información o capacitación bajo supervisión federal.
La reforma de 2020 eliminó la inmunidad penal para estos agentes y estableció sanciones para funcionarios mexicanos que permitan o no reporten su participación fuera del marco legal.
La FGR abrió dos carpetas: una por la presencia de la CIA y otra por el desmantelamiento del narcolaboratorio donde se aseguraron los químicos y equipos. En paralelo, la fiscalía de Chihuahua investiga la cadena de mando y el papel de los agentes extranjeros, en un contexto de versiones encontradas y presión política.
Mientras la investigación avanza, la discusión sobre la legalidad del citatorio, el uso político de la justicia federal y la cadena de mando mantiene dividido al escenario político. Regino concluye que el caso representa un “auténtico vodevil” por el desaseo procesal y los riesgos de politización.
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