
El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen que incorpora reglas para implementar la jornada de 40 horas. La reforma que reduce la jornada laboral máxima en México fue publicada el 3 de marzo de 2026 en el Diario Oficial de la Federación, formalizando el cambio en las fracciones IV y XI del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma prevé multas para empleadores que incumplan con el nuevo registro electrónico de jornada laboral, el pago de horas extra o los límites de tiempo establecidos.
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Las sanciones podrán ser laborales, fiscales y económicas, dependiendo de la gravedad de la omisión y podrían ir de los más de 29 mil pesos a los casi 590 mil pesos, es decir, de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La reducción de la jornada será gradual: a partir de 2027 se reducirán dos horas anuales, hasta llegar a las 40 horas semanales el 1 de enero de 2030. El decreto establece que no podrán disminuirse ni los salarios ni las prestaciones por este ajuste. El periodo de transición está diseñado para que empleadores y trabajadores puedan adaptarse a los nuevos límites de tiempo laboral.
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Registro electrónico de jornada: reloj checador obligatorio y lineamientos

Uno de los cambios más relevantes es la obligación del uso de un registro electrónico de jornada laboral para todos los centros de trabajo. Esta obligación, conocida como “reloj checador”, será exigible a partir del 1 de enero de 2027, cuando inicie la primera reducción de horas.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social será responsable de emitir los lineamientos para la operación de estos sistemas, detallando especificaciones y posibles excepciones. La autoridad laboral podrá requerir la información almacenada en cualquier momento para verificar el cumplimiento de los nuevos límites legales.
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El registro electrónico se convierte en una herramienta jurídica y probatoria: los empleadores deben garantizar que el sistema registre cada entrada, salida, horas ordinarias, horas extraordinarias, descansos y días festivos.
La reforma eleva la carga probatoria del patrón, pues cualquier error o falta de registro puede generar consecuencias fiscales y económicas inmediatas. Las empresas deberán presupuestar la adquisición e implementación de estos sistemas durante 2026.
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Cambios en horas extra y distribución semanal

La reforma también redefine los topes y pagos de las horas extraordinarias. El nuevo límite semanal de horas extra es de 12, que deben pagarse al doble, con un máximo de cuatro horas extra por día y hasta cuatro días por semana.
Si se excede el tope semanal, el pago será triple. Para los menores de 18 años, queda prohibido cualquier tipo de trabajo extraordinario. La jornada total diaria, sumando ordinaria y extra, no puede superar las 12 horas.
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Con la reducción de la jornada semanal a 40 horas, la distribución del tiempo de trabajo y los descansos también cambiará. Aunque la ley no obliga a otorgar dos días de descanso, el nuevo esquema hace que este sea el escenario habitual, ya que se limita la cantidad de horas laborables distribuidas en la semana y se establecen controles más estrictos.
Proceso de armonización y próximos pasos
Tras la publicación del decreto, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 90 días para armonizar la Ley Federal del Trabajo con las nuevas disposiciones constitucionales.
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La reforma ya promulgada garantiza que los cambios serán obligatorios, aunque los detalles operativos y sanciones específicas se definirán en la legislación secundaria.
Las autoridades han confirmado que el registro electrónico es un cambio seguro que se plasmará en la Ley Federal del Trabajo y que su exigibilidad será gradual, comenzando en 2027.
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La reforma también prevé que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social fortalezca las inspecciones laborales con herramientas digitales y sistemas de verificación remota. Esto suma nuevas responsabilidades administrativas y tecnológicas para todos los empleadores del país.
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