
A partir del 1 de abril arranca en México el periodo para el reparto de utilidades correspondiente a 2026, una prestación contemplada en la Ley Federal del Trabajo y respaldada por la Constitución.
Ante las dudas de trabajadores sobre quiénes pueden recibir este ingreso y bajo qué condiciones, autoridades laborales han precisado los lineamientos vigentes para acceder a este derecho.
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Requisitos para recibir utilidades en 2026

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los trabajadores podrán participar en el reparto de utilidades siempre que la empresa haya generado ganancias durante su última declaración fiscal.
Además, es necesario haber laborado al menos 60 días en el año correspondiente al ejercicio fiscal. En caso contrario, no se tiene derecho a esta prestación.
La legislación también establece excepciones. No participan en el reparto directores, administradores, gerentes generales ni trabajadores que prestan servicios por honorarios sin relación laboral subordinada. Asimismo, las empresas de nueva creación están exentas de realizar este pago durante su primer año de operaciones.
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Fechas límite para el pago de utilidades

El periodo para que las empresas realicen el reparto comenzó el 1 de abril. Para las personas morales, es decir, empresas constituidas, la fecha límite para entregar esta prestación es el 30 de mayo.
En el caso de trabajadores que laboran para una persona física, el pago deberá realizarse a más tardar el 29 de junio, conforme a lo establecido por las disposiciones laborales vigentes.
Cómo se calcula el reparto de utilidades
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social indica que el monto a repartir se divide en dos partes. La primera se distribuye de manera equitativa entre todos los trabajadores, considerando los días laborados durante el año.
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La segunda parte se asigna en proporción al salario percibido por cada trabajador en el mismo periodo, lo que determina diferencias en los montos finales.
Finalmente, se debe considerar que si el pago recibido supera el equivalente a quince días de salario mínimo, el excedente estará sujeto al pago de impuestos, según lo previsto en la normativa aplicable.
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