
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar un promocional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) dirigido contra el gobernador de Nuevo León, Samuel García, al considerar que podría constituir calumnia electoral y que se basa en una grabación privada presuntamente obtenida de forma ilegal.
La decisión fue tomada por unanimidad por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, luego de una denuncia presentada por el propio mandatario estatal, un diputado local y Movimiento Ciudadano.
Los denunciantes argumentaron que el mensaje difundía contenido falso y utilizaba un audio apócrifo para asociarlos con presuntos actos ilícitos.
Como medida cautelar, el órgano electoral ordenó al PRI sustituir el promocional ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y pidió a las concesionarias de radio y televisión evitar su transmisión.
INE detecta posible calumnia en propaganda política
La Comisión de Quejas y Denuncias concluyó, de forma preliminar, que el promocional podría constituir calumnia al atribuir directamente la comisión de un delito a funcionarios públicos.

El consejero presidente de la comisión, Arturo Castillo, señaló que el spot no se limita a citar información publicada por medios, sino que da por ciertas las acusaciones y las utiliza para imputar un delito, lo que rebasa los límites de la libertad de expresión en propaganda electoral.
Las consejeras Claudia Zavala y Rita Bell López respaldaron la aplicación de medidas cautelares mientras se analiza el caso de fondo.
El audio filtrado que detonó la polémica
Uno de los elementos centrales del promocional era la difusión de un audio filtrado, que presuntamente corresponde al dirigente estatal de Movimiento Ciudadano en Nuevo León, Baltazar Martínez.
En el material se escucha una supuesta conversación en la que se menciona la posibilidad de acordar un “pago fuerte” en parcialidades.

La grabación fue utilizada como base para sugerir una presunta negociación irregular relacionada con autoridades del estado.
El INE determinó que no existe certeza sobre la legalidad del origen de ese audio, lo que podría implicar una violación al derecho constitucional de inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Qué decía el spot del PRI contra Samuel García
El promocional, programado para transmitirse en radio y televisión el 13 de marzo, contenía varios señalamientos directos contra el gobernador de Nuevo León y dirigentes de Movimiento Ciudadano.
Entre los elementos principales se encontraban:
- La afirmación de que Samuel García y líderes de Movimiento Ciudadano pedían “pagos fuertes” en Nuevo León.
- La presentación de un audio filtrado atribuido al dirigente estatal del partido.
- La insinuación de que ese audio demostraba negociaciones con empresarios.
- La frase final del spot: “lo nuevo son los pagos fuertes con los que extorsionan empresarios”.
- Un cierre con crítica política: “¿Pagos fuertes para gobernar? Que paguen con la verdad”.
Para la autoridad electoral, estas afirmaciones podrían interpretarse como la imputación directa de un delito, lo que configura la posible calumnia electoral.
Conversaciones privadas no pueden usarse en propaganda
Durante la discusión, la consejera Claudia Zavala recordó un criterio establecido por el Tribunal Electoral desde 2015: una conversación privada obtenida ilegalmente mantiene su carácter ilícito incluso si se difunde públicamente en medios.

Bajo ese criterio, el INE consideró que ese tipo de materiales no pueden formar parte de la propaganda política, ya que vulnerarían derechos fundamentales.
PRI deberá sustituir el promocional
Tras la resolución, el PRI deberá retirar el material y sustituirlo por otro promocional en los tiempos oficiales de radio y televisión asignados a los partidos.
La Comisión también realizó un llamado al partido para que en el futuro diseñe sus mensajes dentro de los límites de la libertad de expresión, aunque rechazó ordenar una tutela preventiva que prohíba de manera anticipada la difusión de mensajes similares.
Con ello, el spot contra Samuel García no podrá transmitirse en los tiempos oficiales previstos, mientras el organismo electoral analiza el fondo del caso y determina si existió o no una infracción a la normativa electoral.
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