
Las consecuencias de omitir el retiro de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores por parte de los beneficiarios pueden ser significativas, ya que podrían dejar de percibir hasta 12 mil 400 pesos al sumar dos bimestres consecutivos sin cobrar el apoyo. Esto se debe a las normativas establecidas por la Secretaría del Bienestar, que estipulan la suspensión y posible cancelación del beneficio ante ciertos incumplimientos.
El programa entrega un pago bimestral de 6 mil 200 pesos a cada beneficiario, buscando aportar una mejora tangible en la calidad de vida de los adultos mayores en México. No obstante, la universalidad de la pensión no exime a los usuarios de cumplir requisitos precisos.
Las Reglas de Operación difundidas en el Diario Oficial de la Federación establecen que “en caso de que se haya aplicado la suspensión del padrón, se informará a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar cuando se presente a las oficinas de atención ciudadana de la Secretaría de Bienestar y se le hará de su conocimiento el motivo de la suspensión, así como las acciones que podrá realizar para que deje de encontrarse en esa situación”, según la dependencia.
Razones por las que beneficiarios pueden ya no recibir el pago del programa social de la Secretaría del Bienestar
En caso de que un derechohabiente omita cobrar su apoyo durante dos periodos bimestrales de manera consecutiva, la normativa contempla la baja definitiva del programa. El proceso inicia con una retención temporal del pago, que funge como advertencia cuando se detecta algún inconveniente en el expediente. Si la anomalía persiste durante dos bimestres, la pensión se suspende; si continúa sin resolverse, se procede con la exclusión del beneficiario.

Existen varias causas por las que puede retenerse o cancelarse el apoyo:
Inconsistencias en los datos personales o de identificación
Detección de registros duplicados
Problemas con la tarjeta (como estar vencida, dañada o sin activar)
No localizar al beneficiario en su domicilio oficial durante visitas
Defunción confirmada
Cambio de residencia al extranjero o baja voluntaria
Mientras la baja definitiva no ha sido promulgada, es posible reactivar el recurso. Para ello, el interesado o su auxiliar debe acudir al Módulo de Bienestar con documentación oficial, CURP, comprobante de domicilio y, de ser necesario, la Tarjeta del Bienestar o acta de nacimiento. Una vez solventada la situación, el pago se restablece para el siguiente periodo.
La Secretaría del Bienestar recomienda a los beneficiarios realizar el cobro puntualmente cada bimestre, activar su tarjeta apenas la reciban, mantener todos los datos actualizados y responder a las llamadas o visitas de verificación. También sugiere reportar cualquier inconveniente relacionado con la tarjeta llamando al 800 900 2000.
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