Una mujer demandó a su hermana para que le entregara las escrituras de una propiedad que supuestamente le había regalado 35 años atrás mediante un contrato de donación.
La dueña original del inmueble rechazó que las cosas hayan sucedido así y aseguró que su firma fue falsificada y dicho contrato era falso.
Lo que parecía un juicio sencillo de aclarar para la demandada resultó en una pesadilla legal cuando de forma sorpresiva su prueba principal fue rechazada.
El caso fue resuelto hasta el 4 de diciembre de 2024 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero fue publicado en el Semanario Judicial de la Federación el pasado 29 de junio. Esta es la historia.
Hermanas pelean por una propiedad… 35 años después

La noticia le llegó de sorpresa: su hermana la había demandado. Era el 3 de marzo de 2021 cuando se enteró que aquella mujer con la que creció y compartió gran parte de su vida había promovido un juicio civil en su contra.
La razón de la demanda: quería quedarse con una propiedad que estaba a su nombre. Se trataba de una vieja disputa, una que había comenzado 35 años antes.
De acuerdo con la versión de la demandante, el 7 de marzo de 1986 ambas celebraron un contrato ante notario público en el que ella le donaba un inmueble de su propiedad.
Por esa razón, en la demanda su hermana le exigió tres cosas: el reconocimiento de dicho contrato, su cumplimiento al recibir las escrituras del inmueble y, por si fuera poco, que pagara todos los gastos que le ocasionara el juicio.
Curiosamente, la hermana dejó pasar más de tres décadas para reclamar el inmueble.
Una firma falsa y una prueba invalidada

En su defensa, la mujer demandada aseguró que el contrato de donación era falso y para demostrarlo ofreció una prueba pericial para acreditar que su firma había sido falsificada. Por su parte, la hermana demandante hizo lo propio.
Durante el juicio el Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil rechazó la prueba pericial que demostraba que efectivamente la firma del contrato era falsa.
El argumento del juzgado es que la prueba se había presentado fuera del plazo legal de acuerdo con lo estipulado en el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México.
En consecuencia, la justicia únicamente consideró las pruebas que presentó la hermana en las que se concluía que la firma y por lo tanto el contrato de donación de la propiedad eran genuinos.
La dueña original del inmueble no se quedó con los brazos cruzados e interpuso un recurso de apelación. Sin embargo, la Primera Sala Civil falló en su contra y confirmó la decisión del juzgado de descartar la prueba de la firma falsa por haberse presentado de forma extemporánea.
Insistente en que se estaba cometiendo una injusticia en su contra, la mujer demandada promovió un juicio de amparo asegurando que la decisión de ignorar su prueba era una medida desproporcionada que afectaba su derecho al debido proceso, a la defensa y al acceso a la justicia.
El caso quedó en manos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito que nuevamente falló en su contra.
La dueña original de la propiedad realizó su última jugada: interpuso un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La decisión de la Corte

Finalmente, el 4 de diciembre de 2024, la SCJN falló en contra de la mujer demandada y a favor de la hermana.
Para la Corte, rechazar una prueba pericial por haberse presentado fuera de tiempo, como lo señala el Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, no es inconstitucional.
Por lo tanto no se violaron los principios de debido proceso, defensa, ni proporcionalidad, de la dueña del inmueble.
La Corte argumentó su punto señalando que la finalidad de dicha norma es garantizar la celeridad procesal y la economía en los juicios.
Con esta decisión, la SCJN le negó el amparo a la mujer demandada confirmando la sentencia a favor de su hermana con todo puesto para ser obligada a entregarle su propiedad.
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