
En los últimos años, en el panorama de la movilidad en la Ciudad de México (CDMX) han aparecido nuevas opciones de transporte. Ante la insuficiencia del transporte público y el denso tránsito vial, algunas personas han optado por el uso de las bicicletas eléctricas, las cuales han proliferado en las calles y que podrían ser reguladas por las autoridades.
A la par del aumento de la presencia de bicicletas eléctricas en las calles capitalinas, las autoridades gubernamentales locales se han planteado la posibilidad de regular su uso con diversas reformas. Por ello, entre las personas usuarias de dicha opción de transporte existe la duda sobre si será necesario contar con licencia para poder manejar dichos vehículos.
Cabe recordar que Clara Brugada Molina, jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), ha mostrado la intención de regular las bicicletas y los scooters eléctricos desde el mes de marzo de 2025.

Esto se sabe sobre la licencia para conducir bicicletas eléctricas en CDMX
El Congreso capitalino se prepara para discutir una nueva iniciativa que contempla a personas usuarias de scooters y bicicletas eléctricas. El proyecto, también conocido como Ley de Electromovilidad, abre la posibilidad de que ese sector de la ciudadanía deba portar una licencia para conducir.
En la iniciativa llamó la atención la figura de los “Vemepe”, es decir vehículos motorizados eléctricos personales. Dicho concepto se refiere a aquellos vehículos que cuenten con asiento, manubrio, acelerador independiente y motor eléctrico que les permita alcanzar velocidades superiores a los 25 kilómetros por hora.
Según dio a conocer la diputada capitalina de Morena, Brenda Ruiz, los vehículos eléctricos se dividirán en dos categorías. Serán vehículos tipo A aquellos que pesen menos de 35 kilogramos y tengan motor eléctrico pero no superen los 25 kilómetros por hora de velocidad. Estos no serán considerados motorizados.

Por otro lado, serán vehículos tipo B aquellos que pesen más de 35 kilogramos y superen velocidades de 25 kilómetros por hora. Dichas unidades serán consideradas motorizadas, por lo que será necesario contar con una licencia para poder conducirlas.
Otra de las restricciones que podrían tener dicho tipo de unidades es el circular por banquetas y ciclovías. Dichas vías restringidas solamente podrán ser utilizadas por peatones, bicicletas y aquellos vehículos eléctricos que formen parte de la primera categoría, es decir que no superen los límites de velocidad definidos.
Hasta el momento, la iniciativa no ha sido aprobada. Para su ejecución, primero deberá ser discutida y votada en el pleno del Congreso de la Ciudad de México.
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