
Un trabajador acudió ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para reclamar la reposición de su salario luego que su patrón le bajara el sueldo sin razón alguna.
Lo que parecía un caso sencillo de ganar, ya que la ley prohíbe la disminución salarial de forma unilateral, se convirtió en una travesía legal cuando las autoridades laborales rechazaron su petición y le dieron la razón al patrón.
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El caso ocurrió el 25 de febrero, sin embargo, fue dado a conocer en la página oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apenas el 16 de mayo pasado. Esta es la historia.
Sin motivo alguno le bajaron el sueldo

De un día para otro le bajaron el sueldo. Sin previo aviso y sin razón alguna, simplemente sucedió. El trabajador se dio cuenta hasta que le cayó el pago.
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Ante la nula explicación del patrón, el empleado no se quedó con las manos cruzadas y acudió a la Junta de Conciliación y Arbitraje donde exigió el pago íntegro de su salario y el reconocimiento de la categoría salarial que previamente tenía.
Y es que la Ley Federal del Trabajo prohíbe que un empleador le reduzca el salario a un empleado, sobre todo si es de forma unilateral.
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Incluso la disminución de la paga es una de las razones por las que se puede rescindir la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador.
En Conciliación y Arbitraje le dieron la razón al patrón

Sin embargo, en la Junta de Conciliación y Arbitraje se emitió un laudo a favor del patrón y se desestimó la pretensión laboral del empleado.
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El argumento de la junta fue que el trabajador no demostró que cuando se le asignó el salario y la categoría que reclamaba, se siguieron los trámites y procedimientos establecidos en el contrato y las leyes aplicables.
Además, para que el patrón pudiera otorgar dichos beneficios, debe tener los recursos económicos necesarios.
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Sin embargo, en este caso, tampoco se demostró que el empleador tuviera capacidad presupuestaria para pagar el salario o mantener la categoría que reclamaba el trabajador.
Inconforme con la decisión en la Junta de Conciliación y Arbitraje, el trabajador metió un amparo directo que quedó en manos del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito.
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La decisión del tribunal

Esta vez el tribunal le dio la razón al trabajador argumentando que el patrón no siguió los procedimientos que señala la ley para bajarle el sueldo a un empleado.
Basándose en el Artículo 57 de la Ley Federal del Trabajo, el tribunal explicó que el patrón sí cuenta con la posibilidad de modificar o terminar las condiciones de trabajo en perjuicio de los trabajadores, pero ello debe de seguir dos pasos.
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El primer paso es solicitar dicha disminución salarial ante un tribunal laboral, a través de la sustanciación de un procedimiento individual económico.
Y el segundo es que la modificación de la condiciones de trabajo que se soliciten ante el tribunal obedezcan a circunstancias económicas que lo justifiquen.
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Es decir, un patrón no puede reducir el salario de un trabajador porque sí, tiene que haber una razón y ésta debe ser relacionada a la capacidad económica del empleador.
Y aún cuando el patrón tenga la imposibilidad económica de seguir pagando el salario original, no puede reducirlo unilateralmente, siempre necesitará la resolución de un tribunal laboral.
“El patrón tampoco cuenta con la posibilidad legal de reducir (el salario) unilateralmente, ni siquiera en el escenario que exista imposibilidad presupuestaria para seguir otorgando las prestaciones, ya que en todo caso y sin excepción alguna es necesaria una resolución judicial previa”, sentenció el tribunal.
El tribunal también rechazó la posibilidad de que una reducción salarial se defina por acuerdo entre el patrón y el trabajador ya que implica la renuncia de los derechos laborales, lo cual es violatorio de la ley.
“Ni siquiera es dable que el trabajador y el empleador puedan pactar la reducción del salario o de cualquier otra condición de trabajo, pues tal pacto sería nulo en términos del artículo 5 de la Ley Federal del Trabajo, al implicar la renuncia a los derechos laborales”, sentenció el tribunal.
Con esta decisión, el tribunal no solo falló a favor del trabajador, sino que dejó un precedente en materia laboral.
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