
En 2015, Fátima Quintana Gutiérrez fue encontrada sin vida en un canal de agua, seco y cubierto con hojarasca, maleza, una llanta y piedra.
Según informes periciales, fue sometida a violencia sexual y traumatismo craneoencefálico, motivos que provocaron su muerte, la cual fue tipificada como feminicidio.
Fátima salió de la secundaria y se dirigía a su casa, ubicada en Lerma, Estado de México, lo que usualmente le tomaba media hora. Sin embargo, al presentar un retraso, alertó a su madre Lorena Gutiérrez Rangel, quien salió a buscarla acompañada de su hijo Daniel, entre las calles aledañas al domicilio y con los vecinos.
De acuerdo con el medio Volcánicas, una vecina informó a Lorena Gutiérrez de haber visto a Fátima frente a la casa de los Atayde Reyes. Posteriormente, se dirigió al domicilio y encontró objetos personales de su hija junto con sangre, mientras su hijo Daniel pedía que rescataran a Fátima.
Además, José Juan junto con Misael fueron encontrados en el lugar de los hechos por Lorena, pero no logró detenerlos, aunque después fueron entregados a la policía tras un intento de linchamiento.
Posteriormente, señalados por vecinos y pruebas obtenidas en la escena del crimen, José Juan Hernández Tecruceño, Luis Ángel Atayde Regreso y Josué Misael Atayde Reyes fueron detenidos.
Recuento de los hechos

- Febrero de 2015: Misael fue liberado y permaneció prófugo hasta su captura en 2017, siendo condenado a cinco años de reclusión.
- Junio de 2017: la jueza Janet Patiño García absolvió a José Juan Hernández Tecruceño por falta de pruebas condenatorias.
- Octubre de 2021: el Poder Judicial del Estado de México dictó cadena perpetua a José Juan.
- Noviembre de 2024: los magistrados redujeron la condena de José Juan, ya que este interpuso un recurso judicial.
Desde el inicio del caso, la familia Quintana Gutiérrez enfrentó amenazas, violencia y desplazamiento forzado debido a amedrentamientos por parte de los feminicidas y sus familiares. También sufrieron la muerte de su hijo menor, Daniel, por negligencias médicas en el año 2020.
El caso expuso no solo las fallas del sistema de justicia mexicano, como la falta de protección y refugios para víctimas indirectas, sino también el desplazamiento de otras familias víctimas de feminicidios en varias entidades del país.
SCJN falla a favor

A pesar de que los padres promovieron un nuevo juicio de amparo directo, argumentando que no se les reconoció como víctimas indirectas en la reparación del daño, este recurso fue negado, según se detalla en el expediente de los antecedentes del caso antes de llegar a la Corte.
Este miércoles 14 de mayo, la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) reconoció que los familiares de una víctima de feminicidio son “víctimas indirectas” del crimen y, por ello, tienen derecho a una reparación de daños.
El caso de Fátima Quintana Gutiérrez fue revisado por la Primera Sala de la Corte por propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, donde, por unanimidad de cuatro votos, determinaron que un tribunal colegiado debe reconocer como “víctimas indirectas” a Lorena Gutiérrez Rangel y Jesús Quintana Vega, ambos padres de la víctima.
Además, la resolución establece que “el reconocimiento de los padres como víctimas indirectas no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima”.
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