
Con 105 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, con el objetivo de reforzar el control estatal sobre el armamento, actualizar el marco legal vigente y endurecer las penas contra el tráfico y uso ilegal de armas en el país.
La reforma establece penas de hasta 45 años de prisión y multas superiores a 339 mil pesos para quienes introduzcan ilegalmente armas, municiones, cargadores o explosivos de uso exclusivo del Ejército al territorio nacional. Estas sanciones se agravan cuando los delitos sean cometidos por servidores públicos, integrantes de cuerpos policiales, fuerzas armadas o personal de seguridad privada.
Actualización de armas exclusivas del Ejército
Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es el fortalecimiento del control estatal a través del Registro Federal de Armas de Fuego y el control de explosivos, a cargo exclusivo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Se refuerzan las reglas para la posesión, portación, comercio y transporte de armas, y se prohíbe expresamente su envío mediante servicios de paquetería.

Además, se actualiza el listado de armamento exclusivo del Ejército y se amplía la clasificación de calibres restringidos, incluyendo los 5.7 x 28 mm, .357 (en todas sus variantes) y el 5.56 mm. También se prohíbe el uso de armas fabricadas artesanalmente, aquellas producidas con impresoras 3D, así como explosivos improvisados y dispositivos de activación remota, como drones.
Regulación de armas de gas o aire
Así también, la reforma contempla la regulación del uso de armas accionadas por gas o aire comprimido, y del transporte de armamento empleado por tiradores olímpicos. Se prohíbe a civiles utilizar vehículos blindados modificados para portar armas y se asigna exclusivamente al Ejército el control del armamento en el país.
Un punto adicional es la obligación de designar a un responsable en caso de fallecimiento del propietario de un arma registrada, con el fin de determinar su destino final. También se regulan accesorios que incrementan la eficacia del armamento, como silenciadores, miras térmicas y holográficas, equipo de visión nocturna y designadores láser.
La legislación permite, además, que integrantes de empresas públicas y órganos autónomos, como Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puedan portar armas durante funciones de seguridad.
Finalmente, la ley obliga a los tres niveles de gobierno a llevar a cabo campañas permanentes de desarme y promoción de la cultura de paz.
La iniciativa fue turnada de inmediato a la presidenta Claudia Sheinbaum para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su posterior entrada en vigor.
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