
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito ordenó revocar la decisión absolutoria que se había tomado a favor de la Secretaría de Finanzas del gobierno de Puebla sobre una demanda por despido injustificado.
La Oficialía de Partes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla había dado por buena la versión del gobierno poblano que sostenía que había despedido “justificadamente” a un trabajador bajo el argumento de que ya no había presupuesto rechazando la versión del empleado quien aseguraba que se trataba de un despido injustificado y que en consecuencia tenía derecho al pago de su liquidación.
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Los hechos ocurrieron hace 10 años, durante el gobierno del fallecido Rafael Moreno Valle, sin embargo, la revocación de la sentencia se realizó apenas en agosto de 2018, de la cual Infobae México tiene una copia.
Por el precio del petróleo no hay presupuesto para pagarte

De acuerdo con lo relatado en la sentencia 553/2018, los hechos ocurrieron alrededor de las 15:30 horas del 30 de marzo de 2015, en las oficinas de la Secretaría de Finanzas del gobierno de Puebla.
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La jornada transcurría con normalidad, cuando uno de los trabajadores del gobierno –cuyo nombre se mantiene en el anonimato– fue notificado de su despido.
Mayor fue su sorpresa cuando supo las razones: a consecuencia de la caída del precio del barril de petróleo, no había presupuesto suficiente para seguir pagando su salario por lo que su plaza desaparecería.
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Luego, la sorpresa pasó a enojo al enterarse que para el gobierno poblano se trataba de un despido justificado por lo que no recibiría el pago de liquidación.
Fue entonces que el ahora ex empleado acudió ante la Oficialía de Partes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla para presentar una demanda laboral contra la Secretaría de Finanzas del estado argumentando que su caso se trató en realidad de un despido injustificado y, por consecuencia, exigió el pago de su indemnización.
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Sin embargo, el Tribunal absolvió a la Secretaría de Finanzas del estado, privando al trabajador del pago de su liquidación, asegurando que efectivamente se trató de un despido justificado.
El argumento del Tribunal es que si bien es cierto que no contar con presupuesto no es una quiebra como tal, sí se trata de una situación fortuita que se estipula en la Ley Federal del Trabajo como causa de un despido justificado.
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No hubo despido justificado

Ante este escenario, el trabajador metió un amparo y el caso cayó en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito más de tres años después, el 20 de agosto del 2018.
Este Segundo Tribunal contravino la sentencia anterior precisando que la falta presupuestaria no es una causa de despido justificado ya que no está prevista en la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla.
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Además, el Segundo Tribunal acusó a la Secretaría de Finanzas de no demostrar que efectivamente ya no había presupuesto para seguir con la plaza del trabajador, por lo que se trataba a todas luces de un despido injustificado.
Por si fuera poco, se consideró que hubo una serie de vicios en el proceso en contra del trabajador, ya que el primer tribunal fue omiso en requerir al demandante que aclarara ciertos detalles importantes, como los montos precisos que solicitaba de indemnización, de la demanda laboral.
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Fue así que el Segundo Tribunal revocó la sentencia absolutoria a favor del gobierno de Puebla y en contra de su trabajador, ordenando que se reponga el proceso considerando que se trató de un despido justificado, así como subsanar las omisiones que se cometieron en contra del trabajador.
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