
Este lunes 30 de diciembre, a un día de terminar el año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para que cada contribuyente active su buzón tributario. Esta notificación fue dada a conocer por la propia autoridad fiscal mediante un comunicado oficial.
Puntualizó que tendrán como fecha límite hasta el 31 de diciembre de 2025 para poder realizar esta obligación fiscal y, en caso de no hacerlo en este tiempo mencionado, los contribuyentes recibirán una infracción.
Esto sucede a un día de que se cumpliera el plazo para que sea habilitado el buzón tributario, ya que originalmente la fecha límite inicial antes de la prórroga era el 31 de diciembre de 2024.
Con esta prórroga anunciada por el SAT, los contribuyentes tendrán un plazo de un año para poder realizar esta obligación fiscal, que, como se mencionó antes, de no hacerlo, a partir del primer día de 2026, tendrán una respectiva sanción.

La activación del buzón tributario es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales, pero habrá excepciones para algunas de ellas, por lo que, si no te encuentras en la siguiente lista, eres de los contribuyentes que deben hacerlo.
- Personas físicas y morales que se encuentran ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales y actividad económica.
- Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
Por ello, si tu situación no está en la lista mencionada, deberás activar el buzón tributario cualquier día del 2025; por lo tanto, hay que aprovechar la prórroga que ofreció el SAT de hasta un año para hacerlo.

¿Cómo activar el buzón tributario?
Para activar el buzón tributario es necesario ingresar al portal oficial del SAT (sat.gob.mx) y dar clic en el apartado ‘buzón tributario’.
Posteriormente, se debe acceder con el RFC y contraseña; igual puede ser con la efirma vigente.
Luego, se debe elegir la opción de ‘configuración’ y posteriormente llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto, por lo que se mandará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para verificación. En el caso del número del celular, se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción ‘configuración del buzón tributario’.
En caso de tener dudas o sea la primera ocasión en que actives el buzón tributario, actualizar los medios de contacto y/o conocer mayor información al respecto, se puede consultar la siguiente liga: www.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/Index.html.
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