
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer este viernes el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
En este se establece la percepción mensual máxima, incluidas las prestaciones, que recibirá un funcionario público y que no deberá ser mayor a la establecida para el presidente de la República, según se lee en el artículo 8.
En caso contrario, se realizarán los ajustes correspondientes, así como las recuperaciones y enteros que procedas, en términos de las disposiciones aplicables.
“Ningún servidor público podrá recibir una remuneración, en términos del artículo 14 del presente Manual, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el presidente de la República en el Presupuesto de Egresos, en caso contrario, se realizarán los ajustes correspondientes, así como las recuperaciones y enteros que procedan, en términos de las disposiciones aplicables”.
La remuneración tampoco deberá superar el sueldo percibido por el jefe inmediato, con excepción de que tenga varios empleos públicos. La suma, en todo caso, no será mayor a la mitad de la cantidad establecida para el presidente de la República.
“Ningún servidor público podrá recibir una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función.
La remuneración o, en su caso, la suma de dichas remuneraciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el presidente de la República en el Presupuesto de Egresos, en términos de las disposiciones aplicables”, se lee en el artículo 9.

Pero ¿cuál es el sueldo máximo que debe percibir un funcionario público?
Tras lo anterior y con base en el tabulado publicado por la dependencia en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que el límite de percepción ordinaria neta mensual para el Presidente es de 166 mil 434 pesos.
Mientras que para un funcionario de una secretaría de Estado la percepción ordinaria total es de 162 mil 573 pesos, incluidas las prestaciones.
En tanto, para un subsecretario de Estado es de 161 mil 141 pesos.
En el tabulado también se indica que la percepción máxima para un funcionario que ocupe una Jefatura de Unidad es de 156 mil 109 pesos y para la Dirección General y Coordinación General de 139 mil 031.
Para el caso del personal de enlace señala que éste es de 27 mil 454 pesos, mientras que para el del operativo es de 24 mil 687 pesos. En ambos la percepción incluye el pago de prestaciones.
El acuerdo no aplica para el personal contratado por honorarios, aunque sí abarca al personal militar y de categorías, como servicio exterior mexicano; rama médica; investigación, científica y desarrollo tecnológico; educación; y seguridad pública.

Por ejemplo, la percepción ordinaria total máxima para un funcionario del Servicio Exterior Mexicano es de 129 mil 668 pesos y para la rama médica, paramédica y grupos afines es de 93 mil 920 pesos mensuales.
Para funcionarios de Investigación, Científica y Desarrollo Tecnológico la remuneración máxima es de 112 mil 482 pesos, mientras que para la rama de educación es de 143 mil 292 pesos.
Para los funcionarios de seguridad pública se establece una percepción mensual máxima de 159 mil 483 pesos; para las Fuerzas Armadas de 164 mil 850 pesos .
La remuneración incluye dentro del esquema de prestaciones, las aportaciones por concepto de seguridad social y de ahorro para el retiro que las dependencias y entidades realizan a favor de los servidores públicos, en términos de las disposiciones aplicables.
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