
El Segundo Tribunal Colegiado en materia penal del Tercer Circuito determinó, por unanimidad, inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta la interrupción legal del embarazo en el Código Penal de Jalisco.
Durante la sesión del jueves 25 de abril, los magistrados determinaron que el Congreso de Jalisco deberá de derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido, en caso de hacerlo, la entidad del bajío mexicano se convertirá en el estado 13 en despenalizar el delito en todo el país.
Además, los integrantes del Tribunal indicaron que en la aplicación de estas leyes se debe de privilegiar la laicidad, igualdad y no discriminación por parte del Estado, esto co el fin de garantizar la autonomía individual, reproductiva y la vida libre de estereotipos de género.
La decisión del Tribunal Colegiado tiene como antecedentes las sentencias que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió sobre la materia en 2021 para Coahuila, así como en 2023 para Aguascalientes y para el Código Penal Federal.

El tema llegó al Tribunal Colegiado debido a una estrategia jurídica nacional que impulsó la organización GIRE, así como del Centro de Acompañamiento, Desarrollo e Investigación Feminista A.C., Centro de la Diversidad y los Derechos Sexuales A.C., Omeyoca, Psicoterapia, Sexología y Desarrollo, S.C., Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C., así como el Colectivo Latinoamericamo Emma Goldman A.C.
“(La medida) en contra del Código Penal de Jalisco retoma los criterios establecidos por la Corte en el caso de Coahuila y el caso de Aguascalientes, en el que el 30 de agosto de 2023 determinó como obligación del Congreso local eliminar las normas que criminalizaban de forma absoluta el aborto consentido; y el caso del Código Penal Federal, en el que el 6 de septiembre de 2023, reiteró la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto y ordenó al Congreso de la Unión derogar el delito de aborto en dicho Código”, se pudo leer en el comunicado que se emitió.
Finalmente, las organizaciones antes mencionadas pidieron a los Tribunales Colegiados de las entidades que aún no despenalizan el aborto, dar entrada a los amparos que se han presentado y que se apliquen medidas en total respeto a los Derechos Humanos.
Además, reiteraron que se trata de medidas que han sido avaladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que sentenciaron que se debe de “invitar” a los Congresos locales a cumplir con la Constitución.
Suprema Corte declaró inconstitucional el delito de aborto en todo el país

El pasado mes de septiembre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es inconstitucional los sistemas jurídicos que penalizan el aborto en el Código Penal Federal: “La Primera Sala de #LaCorte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
Ante esta situación, se explicó que ninguna autoridad tiene la facultad de sancionar a quien se realice el procedimiento de aborto o a quien lo realice en alguna institución de salud; sin embargo, es importante señalar que en las entidades donde aún existe la pena se debe de realizar un amparo, esto hasta que los Congresos locales acaten las determinaciones.
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