
En momentos de pérdida, el panorama legal y administrativo puede sumar una carga adicional a las familias que enfrentan la partida de un ser querido.
Una de las áreas que a menudo genera preguntas y confusión es el destino de los recursos acumulados en las AFORES de aquellos que fallecen. ¿Qué pasos deben seguir los beneficiarios para acceder a estos fondos? ¿Cuáles son los requisitos y procesos involucrados?
A partir del 1° de enero de 2021, en México se implementó una reforma significativa en la Ley del Seguro Social, otorgando a los beneficiarios designados por el titular de la cuenta individual de AFORE el derecho a recibir los recursos que no estén destinados específicamente para contratar una pensión.

Este cambio en la legislación busca garantizar que los recursos acumulados en las cuentas individuales de los trabajadores y pensionados sean distribuidos de acuerdo con las instrucciones expresadas por el titular.
De esta manera, se brinda mayor certeza y seguridad jurídica a los beneficiarios, facilitando el acceso a estos fondos en caso de fallecimiento del titular.
Entre estos beneficiarios se incluyen cónyuges dependientes económicamente, hijos menores o mayores de 16 años que no pueden sostenerse por sí mismos, padres del fallecido, entre otros.
¿Cómo acceder a estos recursos?

Para acceder a estos recursos, los beneficiarios deben seguir un proceso claro y documentado. Primero, deben obtener la Resolución de Pensión correspondiente del IMSS o del ISSSTE, lo que implica demostrar su derecho a recibir una pensión o ser designado explícitamente como beneficiario por el titular de la AFORE.
Luego, se dirigen a la AFORE donde estaba registrada la cuenta del trabajador fallecido, presentando los documentos que los acrediten como beneficiarios y llenando el formulario de Disposición de Recursos proporcionado por la institución.
Una vez completado este proceso, la AFORE procesará la solicitud y pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes en una sola exhibición, de acuerdo al régimen pensionario del titular fallecido. Estos recursos pueden incluir diferentes categorías como Retiro 97, Vivienda 97, SAR 92, Vivienda 92, dependiendo de la ley bajo la cual se regía la pensión del trabajador fallecido.
Es crucial entender que este proceso, aunque necesario, puede resultar abrumador para los familiares en momentos de duelo. Por lo tanto, es recomendable buscar orientación y apoyo para llevar a cabo estos trámites de manera efectiva y sin contratiempos.
El retiro de AFORE de personas fallecidas es un paso importante que puede brindar cierto alivio financiero a los seres queridos dejados atrás. Sin embargo, requiere paciencia, documentación adecuada y comprensión de los procesos involucrados. En momentos difíciles, contar con el respaldo y la asesoría necesaria puede hacer toda la diferencia.
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